COMUNICADO A LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
Y PUBLICO EN GENERAL
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria-SUNAT, pone en conocimiento a los Operadores de Comercio Exterior y público en general, que mediante las Resoluciones de Intendencia Nacional Nros. 20, 23, 24 y 28-2018-SUNAT/310000 con vigencias a partir del 23 de junio, 25 de julio y 9 de agosto, se modificaron numerales de los procedimientos generales de importación para el consumo y del procedimiento específico de Inspección No Intrusiva, Inspección Física y Reconocimiento Físico de Mercancías en el Complejo Aduanero de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, con el fin de agilizar el proceso de despacho de importación, siendo los más relevantes: ü Traslado al Complejo Aduanero (SINI-IAMC) para el reconocimiento físico a opción del dueño o consignatario de sus contenedores amparados en declaraciones anticipadas de importación con punto de llegada a un depósito temporal. ü Para los despachos anticipados de Importación se ha previsto la atención fuera del horario administrativo e incluso en días inhábiles a nivel nacional. ü Eliminación de la presentación física y distribución de la Declaración Aduanera de Mercancías a nivel nacional. ü Se ha dispuesto que en caso no se cuente con el número de manifiesto de carga, la declaración anticipada de Importación vinculada a Envíos de Entrega Rápida (EER) se numera con la sola transmisión del número de la guía EER quedando sujeta a la posterior transmisión complementaria del dato del manifiesto de carga.
Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera Callao, 09 de agosto de 2018
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