SOBRE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA ACREDITACIÓN ANTE EL INACAL DE LABORATORIOS A CARGO DE LA EXTRACCIÓN DE MUESTRAS DE CONCENTRADOS DE MINERALES METALÍFEROS EXPORTADOS
 

A los Exportadores y Despachadores de Aduana:

La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera de la SUNAT les recuerda que con fecha 31.05.2018 entrarán en vigencia las modificaciones relativas a la acreditación ante el Instituto Nacional de Calidad (INACAL) de los laboratorios a cargo de la extracción de muestras, determinación de humedad y composición de concentrados de minerales metalíferos exportados; previstas en el procedimiento específico “Reconocimiento Físico-Extracción y Análisis de Muestras” DESPA-PE-00.03 y al Instructivo “Declaración Aduanera de Mercancías” DESPA-IT.00.04, modificados con RIN N° 17 y 18-2017/SUNAT/310000, respectivamente.

 

En ese sentido, a partir del 31.05.2018:

-      Las empresas especializadas que vienen efectuando la extracción de la muestra de concentrados de minerales o la supervisión de dicha extracción (en el caso de embarque por faja, tubería u otro medio similar) para su posterior entrega a la autoridad aduanera por parte del despachador de aduana, deberán contar con la respectiva acreditación por el INACAL en la norma técnica NTP ISO/IEC 17025:2006 para ensayo y muestreo; la que además deberá realizar la determinación de la humedad.

-      En la DAM(41)-Exportación Definitiva se deberá consignar la información relativa a  al Informe de Ensayo emitido por un laboratorio acreditado por el INACAL en la norma técnica NTP ISO/IEC 17025:2006, así como el porcentaje de humedad y cantidades de elementos pagables y penalizables consignados en el mismo.

De tener alguna duda o consulta, contactarse con la División de Procesos de Salida y Tránsito de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera (Central 6343600 anexo 20269).

 

Callao, 15 de enero de 2018

 

Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera