COMUNICADO A LOS OPERADORES DEL COMERCIO EXTERIOR Aplicación del Decreto Supremo N° 093-2018-EF (ISC LIQUIDOS ALCOHÓLICOS)
Como es de conocimiento público, mediante Decreto Supremo N° 093-2018-EF vigente desde el 10.05.2018 se modificó la tabla del Literal D del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias, la misma que comprende a los líquidos alcohólicos.
Al respecto, ponemos
en su conocimiento que se ha concluido la etapa de implementación de
nuestros sistemas informáticos con las modificaciones contenidas en la
norma, encontrándose los códigos TNAN establecidos para las subpartidas
nacionales vinculadas a la aplicación del ISC líquidos alcohólicos
disponibles en el Portal de la SUNAT/Aduanas/Operatividad
Aduanera/Información en Línea/Una partida (Arancel): http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias
Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera
Callao, 07 de junio de 2018 |
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