COMUNICADO A LOS OPERADORES DEL COMERCIO EXTERIOR

Aplicación del Decreto Supremo N°  093-2018-EF (ISC LIQUIDOS ALCOHÓLICOS)

 

Como es de conocimiento público, mediante Decreto Supremo N° 093-2018-EF vigente desde el 10.05.2018 se modificó la tabla del Literal D del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias, la misma que comprende a los líquidos alcohólicos.

 

Al respecto, ponemos en su conocimiento que se ha concluido la etapa de implementación de nuestros sistemas informáticos con las modificaciones contenidas en la norma, encontrándose los códigos TNAN establecidos para las subpartidas nacionales vinculadas a la aplicación del ISC líquidos alcohólicos disponibles en el Portal de la SUNAT/Aduanas/Operatividad Aduanera/Información en Línea/Una partida (Arancel):
 

http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias

 

Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera

 

Callao, 07 de junio de 2018