A LOS TRANSPORTISTAS, AGENTES DE CARGA INTERNACIONAL, DESPACHADORES DE ADUANAS, SUS REPRESENTANTES Y BENEFICIARIOS DEL REGIMEN DE RANCHO DE NAVE
 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT comunica que a partir del 28 de enero de 2019 entrará en vigencia el procedimiento general “Rancho de Nave”, DESPA-PG.18 (versión 2) y el procedimiento especifico “Reparación – Mantenimiento de Rancho de Nave”, DESPA-PE.18.01 (versión 1), debiendo los citados operadores de comercio exterior considerar lo siguiente:

-         Solicitar el usuario secundario de la clave SOL para ingresar al Portal del Operador de Comercio Exterior.

-         En el proceso de numeración del manifiesto de carga directo o desconsolidado en la vía marítima, se debe transmitir el código 14 en el campo Condición de la Carga por cada documento de transporte y el RUC del declarante.

-         En el proceso de numeración del manifiesto de carga directo o desconsolidado en las demás vías, se debe registrar en la Sección Registro Complementario del Manifiesto de Carga directo o desconsolidado, el número de manifiesto de carga, del documento de transporte y el RUC del declarante.

 

Asimismo, se hace de conocimiento que se encuentra publicado en el Portal de la SUNAT, los tutoriales correspondiente a Rancho de Nave y Reparación Mantenimiento en la siguiente ruta: Operatividad Aduanera / Despacho Aduanero / Manuales Tutoriales FAST:   http://www.sunat.gob.pe/operatividadaduanera/fast/tutoriales/tutoriales_fast.html

 

Sírvase efectuar las consultas al correo del señor Felix Enrique Villacorta Barrionuevo (fvillacorta@sunat.gob.pe) con el Asunto: Rancho de Nave y Reparación - Mantenimiento o llamar al teléfono 634-3600 anexos 20044 y 20078 respectivamente.

 

 

Programa Facilitación Aduanera, Seguridad y Transparencia

Callao, 15 de enero de 2019