PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA PARA LA IMPORTACION DE VEHICULOS NUEVOS (DS. N° 019-2018-MTC) Estimado Importador o su Representante (usuario): De conformidad con la Décimo Sexta Disposición Complementaria del Reglamento Nacional de Vehículos - RNV, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003-MTC, modificada por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 019-2018-MTC, para la nacionalización de vehículos nuevos y en reemplazo del número de registro de homologación vehicular, el usuario debe presentar a la SUNAT, según corresponda, una Declaración Jurada para un vehículo o una familia vehicular. Tratándose de personas que importen hasta un máximo de dos (02) vehículos al año y para su uso particular, alternativamente a la Declaración Jurada, puede presentar un Certificado de Conformidad de Cumplimiento de Requisitos Técnicos. Siendo de interés primordial privilegiar el uso de medios electrónicos de intercambio de información, reducir los costos y simplificar los trámites que los administrados realizan ante la SUNAT, a partir de la fecha de publicación del presente comunicado, y para los fines de la nacionalización de vehículos nuevos, el usuario debe observar lo siguiente:
Las declaraciones juradas presentadas a la SUNAT anteriormente deberán adecuarse a lo señalado en el presente comunicado. * El importador debe ingresar con su RUC y autenticación de la clave sol. Solo en caso de no contar con clave sol, consignar una dirección de correo electrónico válida que permita activar la opción de respuesta automática de recepción de comunicaciones. En el caso de solicitudes presentadas por MPV-SUNAT con el RUC y clave sol del representante, debe adjuntar la acreditación de representación. ** Asignada por el Fabricante o su representante en el Perú, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 019-2018-MTC modificado con la Resolución Ministerial Nº 492-2019 MTC/01.02. Para cualquier consulta dirigirse al correo electrónico: divisiondeclasificacionarancelaria@sunat.gob.pe Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera
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