ACTUALIZACIÓN DE PESOS Y BULTOS RECIBIDOS PARA DECLARACIONES ANTICIPADAS EN EL RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO

Se comunica a los importadores y agentes de aduana que para el despacho de las mercancías amparadas en declaraciones de modalidad anticipada que adviertan diferencias entre los pesos y bultos consignados en la declaración respecto a los transmitidos en el Ingreso y Recepción de Mercancías (IRM), se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones:

Lugar de retiro de la mercancía

Responsable de la transmisión del IRM

Actualización de pesos y bultos

DAM anticipada sujeta a regularización

DAM anticipada no regularizable

Terminal portuario, terminal de carga aéreo, complejo aduanero o centro de atención en frontera

Despachador de aduana, en caso corresponda a DAM anticipada sujeta a regularización

Con la transmisión de la regularización

No requiere

Depósito Temporal

Depósito Temporal

Con la transmisión de la regularización

  • Con la transmisión de la solicitud electrónica de rectificación, siendo de aprobación automática para declaraciones canal verde hasta antes del levante de la mercancía y hasta quince días del término de la descarga para los importadores OEA, o;

 

  • Puede realizar la actualización de la información consignado el indicador “02” a través de la regularización, siendo de aprobación automática,  dentro de los quince días siguientes al término de la descarga,

 

Para cualquier consulta sírvanse dirigir un correo electrónico a la siguiente casilla: fastingreso@sunat.gob.pe.

Programa Facilitación Aduanera, Seguridad y Transparencia (FAST)
Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera

 

Callao, 03 de setiembre de 2020.