Programa de Libros Electrónicos – PLE

Usted se encuentra en la opción del menú de Validar y Enviar del PLE.

Para que el PLE lleve a cabo la funcionalidad de Validar deberá realizar los siguientes pasos:

1.  Los archivos generados por su propio sistema de contabilidad en formato de texto, guardado en una carpeta previamente determinada por el Generador en su computador, serán seleccionados e importados al PLE mediante el botón “Añadir archivo”, así como también podrán ser retirados mediante el botón ”Remover archivo”.

 

2.  Los archivos seleccionados y añadidos al PLE, son reconocidos por su nombre y serán cargados en el aplicativo en  un listado, en donde se le mostrará el tipo de libro, el número archivos de texto importados respecto al total de archivos conformantes del libro electrónico, el periodo al cual corresponde y el nombre del archivo.

 

3.  A continuación el Generador presionará el botón Validar

 

4.  El PLE ejecuta el proceso de validación para todos los archivos cargados en la lista, mostrando dos barras de progreso, una que indica la cantidad de archivos procesados respecto a un libro determinado y en la otra señalará el porcentaje de avance del archivo actual que se encuentra en validación.

 

5.  Las validaciones a cada archivo de texto se ejecutará de acuerdo a lo dispuesto para cada libro electrónico.

 

6.  Terminada la validación de todos los archivos de la lista, se mostrará una lista que contiene el estado del proceso de validación, tanto del libro electrónico como de cada uno de los archivos de la lista, además del tipo de archivo y del periodo.

 

7.  El contribuyente, al pasar por encima del enlace de “ver constancia”, podrá ver una pequeña ventana de resumen, en donde aparecerá información respecto a:  

·          Total de Registros (filas)

·          Tamaño del archivo

·          Periodo

·          Tiempo de procesamiento

·          Número de errores, de corresponder.  

8.  Al dar clic en el enlace de “Ver constancia” se le mostrará una pantalla con la constancia de validación que podrá ser guardada en formato PDF. El cual dependiendo del estado de la validación puede ser:  

·          Reporte de Información Consistente, si el número de errores es igual a cero

·          Reporte de Información Inconsistente, si el número de errores es igual o mayor a uno.

 

9.  Tendrá disponible el botón de descargar todas las constancias obtenidas del proceso en formato PDF

 

10. Si producto de la validación realizada se tuvieran todos los archivos conformantes de un libro sin errores, se activará la opción de Enviar.  

Para que el PLE lleve a cabo la funcionalidad de Enviar deberá realizar los siguientes pasos:

 

1.  El PLE Identificará los libros y registros que están en condiciones de ser enviados y de existir al menos uno validado correctamente y completo, habilitará el botón: Enviar.

 

2.  El Generador hará clic sobre la opción Enviar.

 

3.  El Generador confirmará el envío, seleccionando la opción de SI en la ventana de mensaje emergente que le mostrará el PLE. El PLE verificará que no haya habido ningún cambio en los archivos después de haber sido validados

 

4.  El PLE validará que existan todos los archivos de texto que componen el libro electrónico que desea enviar y que todos estos hayan sido validados y no modificados posteriormente, activando la sesión SOL  y transmitiendo los resúmenes con sus correspondientes hash a la SUNAT.

 

5.  Cumplida todas las validaciones de envío, SUNAT procederá a emitir la constancia de recepción que el contribuyente debería guardar en la misma carpeta en la que están sus archivos validados

 

6.  En el caso del libro de Inventarios y Balances, el PLE solicitará el ingreso de:

 

  ·     RUC del contador

  ·     Usuario SOL del contador, y

  ·     Clave SOL del contador  

Tenga presente que para utilizar la opción de “Enviar” el Resumen de su libro electrónico validado sin inconsistencias el PLE realizará las siguientes validaciones respecto al envió efectuado:

·    Realizará respecto a los libros y registros que contengan información del mes de julio del 2010 en adelante, si estos contienen información mensual, o a partir del ejercicio 2010 en adelante, si contienen información anual. Si realiza la afiliación después del mes de julio, podrá generar y enviar el Resumen de los libros electrónicos a la SUNAT a partir del primer día del mes siguiente del cual se afilió al sistema, con información que corresponda al libro electrónico que deba contener información del mes que se afilió o al libro que contenga información anual correspondiente al ejercicio que corresponda el mes en que llevó a cabo dicha afiliación al sistema.

·    Una vez realizado el primer envío del Resumen de un libro electrónico no podrá realizar siguiente envío del Resumen de un periodo de un determinado libro si es que no ha remitido el Resumen del libro correspondiente al período anterior, es decir deben ser correlativos por periodo.

·    Verificará que los archivos previamente validados no hayan sido alterados en su contenido.

·    Identificará si se intenta el envío de un libro electrónico cuyo Resumen ya fue enviado.

·    Identificará que el Resumen de libros no corresponda a periodos futuros.

·    Tratándose del Libro de Inventarios y Balances, debe haber ingresado su Clave SOL el contador responsable de la elaboración del mismo.

·    Que tenga la condición de afiliado al sistema.

·    En caso que el Generador sea un Principal Contribuyente, debe tener registrado en el sistema el domicilio donde conservará el ejemplar adicional de su libro electrónico.

El PLE asignará condición de envío “Con Errores” y generando en forma automática una “Constancia de Libros Electrónicos” cuando detecte algún incumplimiento de las validaciones descritas y procediendo a identificarla dentro de su contenido dicho error.

El PLE asignará condición de envío “Sin Errores” y generando en forma automática  Constancia de Recepción” cuando no detecte algún incumplimiento de las validaciones descritas durante el envío del Resumen del libro electrónico.

Las mencionadas constancias podrán ser visualizadas en el programa o a opción del Generador ser descargadas en formato PDF.

Para mayor información acceda al  Sistema de Libros y Registros Electrónicos o llame a la Central de Consultas: 0801-12-100.