Los clientes de agentes de percepción podrán solicitar
devolución por el saldo de percepción no aplicado (percepción del
periodo + percepciones de meses anteriores – impuesto a pagar.)
Requisitos
- Haber presentado todas las declaraciones (PDT621) por el periodo por el que
solicita la devolución en su condición de cliente.
- El contribuyente deberá tener un saldo
de percepciones no aplicadas por un plazo no menor de 3 meses en forma
consecutiva. Art. 2°
R.S.062-2005/SUNAT
- Solicitar la devolución del saldo no aplicado hasta por el monto acumulado
que conste en la declaración correspondiente al último periodo tributario
vencido a la fecha de presentación de la solicitud mediante el formulario
N°4949, siempre que se haya
cumplido con los plazos señalados en el punto anterior.
- El cómputo del plazo para poder solicitar la devolución de las
percepciones no aplicadas, se iniciará a partir del periodo siguiente a aquel
consignado en la última solicitud de devolución presentada, de ser el caso,
aún cuando en dicha solicitud no se hubiera incluido la totalidad del saldo
acumulado a esa fecha.
El plazo máximo para atender la devolución es de 45 dias
hábiles de acuerdo al art. 32° del D.S. 126-94-EF.