SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
RELACIÓN
DE CONTRIBUYENTES NO HABIDOS A LOS QUE LA SUNAT HA CAMBIADO EL ESTADO DE
INSCRIPCIÓN DE SU RUC AL DE BAJA DE INSCRIPCIÓN DE OFICIO
Fecha
de Publicación:
31.08.2012
Relación de contribuyentes No
Habidos a quienes la SUNAT ha cambiado el estado de inscripción de su RUC al de
Baja de Inscripción de Oficio, según lo dispuesto en el inciso c) del Artículo
6º, del Decreto Legislativo Nº 943, Artículos 9º y 26º de la Resolución de
Superintendencia N° 210-2004/SUNAT y que conforme a lo dispuesto en el numeral
2 del inciso e) del Artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el
Decreto Legislativo Nº 953, se les notifica por la presente publicación su
nueva condición en el Registro Único de Contribuyentes. A fin de regularizar
su situación deberán apersonarse al Centro de Servicios al Contribuyente más
cercano a su domicilio.
Si requiere que su RUC recupere la
condición de Activo, deberá regularizar las obligaciones tributarias que se
encuentren pendientes y/o realizar el trámite de Reactivación de acuerdo con
el procedimiento Nº 2 del TUPA de la SUNAT.
Los contribuyentes a los que la
SUNAT ha variado el estado de inscripción de su RUC al de Baja de Inscripción
de Oficio, no podrán solicitar Autorización de Impresión de Comprobantes de
Pago.
Para mayor información puede ingresar a la opción “Consulta de RUC”, del Portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe).
Relación
de Contribuyentes Baja de
No
Habidos