SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL LORETO
RELACIÓN DE
CONTRIBUYENTES NO HABIDOS A LOS QUE LA SUNAT HA CAMBIADO EL ESTADO DE INSCRIPCIÓN
DE SU RUC AL DE BAJA DE INSCRIPCIÓN DE OFICIO
Relación de contribuyentes No
Habidos a quienes la SUNAT ha cambiado el estado de inscripción de su RUC al de
Baja de Inscripción de Oficio, según lo dispuesto en el inciso c) del Artículo
6º, del Decreto Legislativo Nº 943, Artículos 9º y 26º de la Resolución de
Superintendencia N° 210-2004/SUNAT y que conforme a lo dispuesto en el numeral 2
del inciso e) del Artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto
Legislativo Nº 953, se les notifica por la presente publicación su nueva
condición en el Registro Único de Contribuyentes. A fin de regularizar su
situación deberán apersonarse al Centro de Servicios al Contribuyente más
cercano a su domicilio.
Si requiere que su RUC recupere la
condición de Activo, deberá regularizar las obligaciones tributarias que se
encuentren pendientes y/o realizar el
trámite de Reactivación de acuerdo con el procedimiento Nº 2 del TUPA de
la SUNAT.
Los contribuyentes a los que la
SUNAT ha variado el estado de inscripción de su RUC al de Baja de Inscripción de
Oficio, no podrán solicitar Autorización de Impresión de Comprobantes de Pago.
Para mayor información puede ingresar a la opción “Consulta de RUC”, del Portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe).