SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE FISCALIZACIÓN Y GESTION DE RECAUDACIÓN ADUANERA
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
(Fecha de Publicación: 13/08/2008)
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 104° inciso e) del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado con D.S. N° 135-99-EF, modificado por
Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953, la SUNAT cumple con NOTIFICAR
la presente publicación en la Página WEB de SUNAT, al deudor tributario que a
continuación se detalla, debiendo apersonarse a recabar sus documentos en la
Av. 28 de Julio N° 800 Piso 4 (Esquina con Av. Garcilazo de la Vega) Lima.
El Deudor Tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona Jurídica u otro tipo de deudor, carta de autorización firmada por el representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
COMUNICACIÓN DE CARTA DE PRESENTACIÓN
DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
CONTRIBUYENTE |
DOCUMENTO |
CONTENIDO |
RUC 20511098212 |
LAND’S FOOD COMPANY S.A. |
CARTA DE PRESENTACION N° 581-2008-SUNAT/3B2000 del 01/08/2008 |
Me dirijo a usted, por intermedio de la presente a fin de comunicarle que esta Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, en ejercicio de las facultades establecidas en el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado mediante Decreto Supremo N° 129-2004-EF, concordado con el Artículo 62º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, ha iniciado el procedimiento de Fiscalización a su representada, con el objeto de verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributario-aduaneras, al amparo de lo previsto en los Artículos 6º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas citado y en los artículos 68° y 69º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, siendo el alcance del presente procedimiento las Solicitudes de Restitución de Derechos Arancelarios N°s. 235-2006-13-005339 del 13.Nov.2006, 235-2006-13-005392 del 15.Nov.2006 y 235-2006-13-006034 del 15.Dic.2006, 235-2007-001106 del 02.Mar.2007, 235-2007-002979 y 235-2007-002980 del 19.06.2007, 235-2007-003000, 235-2007-003001, 235-2007-003002, 235-2007-003003 y 235-2007-003012 del 20.Jun.2007, 235-2007-003417, 235-2007-003418 y 235-2007-003419 del 13.Jul.2007, 235-2007-003724 y 235-2007-003725 del 30.Jul.2007, 235-2007-003851 del 07.Ago.2007, 235-2007-004032 del 16.Ago.2007, 235-2007-004095 del 20.Ago.2007, 235-2007-004424 y 235-2007-004425 del 06.Set.2007. Para tal efecto se ha conformado una Comisión integrada por los siguientes funcionarios, los mismos que gozan de las facultades establecidas por Ley: 1. IVAN G. LEDESMA VILCHEZ 2. ROBERTS BARREROS CASTRO 3. YOLY MIRIAM RAFAEL HIDALGO |
COMUNICACIÓN DEL PRIMER REQUERIMIENTO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD |
CONTRIBUYENTE |
DOCUMENTO |
CONTENIDO |
RUC 20511098212 |
LAND’S FOOD COMPANY S.A. |
REQUERIMIENTO N° 973-2008-SUNAT/ 3B2300 del 04/08/2008 |
Se le notifica que para que en el plazo de cinco días (05), contados a partir del día siguiente de notificado el presente requerimiento, se procederá a realizar la inspección a su planta o local de producción y deberá exhibir la documentación e información siguiente : 1. Registro de Compras (Período 2006) 2. Registro de Ventas (Período 2006) 3. Libro Mayor (Período 2006) 4. Libro Diario (Período 2006) 5. Libro Caja y Bancos (Período 2006) 6. Libro de Inventarios y Balances (Período 2006) 7. Comprobantes de pagos recibidos y emitidos (Período 2006) 8. Guías de Remisión recibidas y emitidas (Período 2006) 9. Notas de Crédito y Débito recibidas y emitidas (Período 2006) 10. Talonarios de Comprobantes de Pago y Guía de Remisión en uso (Período 2006). 11. Libro de Planillas de Sueldos y Salarios (Período 2006) 12. Contratos de compra- venta con clientes en el exterior, de Servicios de Producción por encargo, obra o maquila, y de alquiler o comodato del local de producción y planta de producción o maquinaria utilizada en su proceso productivo. 13. Relación de Proveedores extranjeros y nacionales y clientes en el exterior de la mercancías exportadas, indicando: nombre, denominación o razón social, dirección, teléfono, fax, e-mail, página. 14.Relación de Comisionistas de Venta y/o brokers, detallando porcentajes de comisión y clientes contactados. 15.Solicitudes de Restitución de Derechos Arancelarios y documentación sustentatoria, materia de fiscalización. 16. Declaraciones de Exportación y documentación sustentatoria (Facturas de Exportación, Orden de Compra/ Nota de Pedido/Proforma/Confirmación de Pedido, Conocimiento de Embarque (B/L) / Guía Aérea/ Carta Porte, Póliza de Seguro y Lista de Empaque). 17. Diagramas de Flujo de Compras, Almacén y Producción de los bienes exportados y sus respectivas narrativas. En el Diagrama de Producción y narrativa debe constar claramente la fase del proceso productivo en la cual son incorporados o consumidos los insumos nacionales e importados; debiendo -además- precisar aquellas fases del proceso productivo realizadas por el exportador y aquellas encargadas a terceros, el porcentaje de merma, la cantidad de máquinas, tiempo y trabajadores utilizados en la producción. 18. Órdenes de producción, kardex y/o documentos de ingreso y salida del almacén de materiales (materia prima, insumos y productos terminado). 19. Análisis del Valor FOB de exportación facturado por Solicitud de Restitución, sustentado y detallado cada uno de los componentes del costo y gasto. 20. Cuadro detallado de la materia prima e insumos utilizados en la elaboración de los bienes exportados, indicando el origen de los mismos (importados o nacionales), el número de comprobante de pago que sustenta su adquisición, el nombre y número de RUC del proveedor, el número y fecha de la guía de remisión, la cantidad adquirida, utilizada y producida (producción propia o a través de terceros), por cada DUA de exportación que amparan la solicitud fiscalizada, debidamente sustentadas con los respectivas facturas, liquidaciones de compra , guías de remisión y/o DUAs de importación. 21. Cuadro detallado de la cobranza de las facturas de exportación correspondientes a las DUAs que sustentan las solicitudes materia de fiscalización, debidamente sustentado con documentos bancarios (nota de abono, transferencia, estado de cuenta) y folio del Libro Mayor o Caja y Bancos, donde conste su registro contable. 22. Cuadro detallado de los pagos efectuados por concepto de insumos importados y materias primas utilizadas en la fabricación de los productos exportados que amparan las solicitudes materia de fiscalización, indicando número y fecha e importe por cada comprobante, nombre del proveedor, numero y fecha del medio de pago utilizado, entidad financiera, debidamente sustentado con los documentos pertinentes. 23. Cuadro detallado del pago del transporte internacional y seguro, en el caso que dichos conceptos sean asumidos por la empresa fiscalizada, sustentado con la documentación pertinente. 24. Declaraciones de Importación y documentación sustentatoria (Facturas de Importación, Orden de Compra/ Nota de Pedido/Proforma/Confirmación de Pedido, Conocimiento de Embarque (B/L) / Guía Aérea/ Carta Porte, Póliza de Seguro y Lista de Empaque). Finalmente, cabe recordarle que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 141° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, no se admitirán como medios probatorios aquellos que habiendo sido requeridos durante el proceso de verificación o fiscalización, no hubieran sido presentados o exhibidos oportunamente. En caso requiera reunirse con los funcionarios competentes, para informarse con mayor detalle sobre los documentos antes señalados, puede comunicarse con el Jefe de División de Fiscalización del Sector Otros Servicios y Operadores al teléfono 2190460 anexos 20083 y 20086 o con el auditor responsable de la fiscalización Srta. Yoly Miriam Rafael Hidalgo. |