SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE FISCALIZACIÓN Y GESTION DE RECAUDACIÓN ADUANERA
NOTIFICACIÓN COACTIVA
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104º inciso e), artículo 108° numeral 2 y artículo 117º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, y de acuerdo a lo establecido por los artículos 16º, 21º y 22° del TUO de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, así como el Reglamento de Cobranzas Coactivas aprobado por Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT, cumple con NOTIFICAR a los deudores que a continuación se detallan, para que procedan a pagar en moneda nacional las siguientes deudas dentro del plazo de SIETE (07) DIAS hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación; bajo apercibimiento de dictarse las medidas cautelares previstas en el artículo 118º del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
Los deudores deberán apersonarse a recoger su Resolución Coactiva en la Ejecutoría Coactiva de la IFGRA de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas – Sede Chucuito, ubicada en Av. Gamarra N° 680, Chucuito, Callao. Teléfono: 2195150 Anexos: 20107 – 20113.