SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE LA ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO

NOTIFICACION DE ABANDONO LEGAL

(Publicado en el Diario Oficial el Peruano el día 16/09/2008)

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en aplicación con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y modificatorias, cumple con NOTIFICAR al consignatario de las mercancía en situación de ABANDONO LEGAL que a continuación se detalla, para que en el término de cinco (05) días de publicada la presente soliciten la nacionalización de dichos bienes, caso contrario, se procederá a su Disposición, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 88° 92º y 93º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, concordantes con los artículos 144° y 147° del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Supremo. Nº 011-2005-EF.

DUA

B/L

TERMINAL

CONSIGNATARIO

DESCRIPCIÓN

118-2008-3D1310-009222

 

NYKS311015063

NEPTUNIA S.A.

 

DELLUN DENT S.A.

(01) VEHÍCULO MAZDA 3, SEDAN, COLOR AZUL, GASOLINERO, AÑO 2004. (01) VEHÍCULO NISSAN SENTRA 1800. AÑO 2005, SEDAN, COLOR BEIGE.

118-2008-3D1310-040895

 

EXPLCL0111681

MAERSK PERÚ S.A.

 

MARIO ALEMAN SAMPAYO.

MAQUINA SELLADORA SIN MARCA.

118-2008-3D1310-144811

 

ECCI01-450-04-485621

DEPOSITOS S.A.

 

OASIS REPRESENTACIONES EIRL

ARTÍCULOS VARIOS.

118-2008-3D1310-151756

YJCLX014/2008

RANSA COMERCIAL S.A.

UEMURA JAPAN S.A.C.

MONTACARGA KOMATSU

 

MANIFIESTO

B/L

TERMINAL

CONSIGNATARIO

DESCRIPCIÓN

1955-2007

CNCL624469

ENAPU

TO ORDER. NOTIFY AGROTERRA SRL.

800 CARTONES BOMBARDIER

2007-2141

EGLV415760057889

ENAPU

AGRIPAC SA

383 BAGS AZOMIT E-ORGANIC

0640-2008

BFE010188

UNIMAR

LINEA M.P. S.A.C.

BATALLÓN TARMA 462. DPT.

301.URBANIZ. SANTA TERESA

LIMA 33 SURCO. PERU.

18 PACKAGES HOUSEHOLD APPLIANCES AND SPARE PARTS.

2487-2007

090978

UNIMAR

TO ORDER BANCO CONTINENTAL

BBVA, AGENCIA ZÁRATE S.J.L.

LIMA.

NOTIFY: SRES. CASTILLO

TEXTILES SRLTDA. AV.PORTADA

DEL SOL Nº 676. ZÁRATE S.J.L.

LIMA PERÚ

03 PCKS TEXTILE MACHINERY

492-2008

ROM-XO-0894037

IMUPESA

CENTRO EDUCATIVO 50599

CRUZPATA DISTRITO DEMARAS

DEPARTIMIENTO DEL CUSCO –

COMUNIDAD CCOLLANO  

1 PACKAGE S.T.C.:CLOTHING ITEMS HTS:62.11.49.00  

118-2007-1193

CSLPAKSKTCL1282

T.A. NEPTUNIA S.A.

(AV. ARGENTINA COD. 3033)

M/S: MCB BANK LIMITED TRUNK

BAZAR, SIALKOT - PAKISTAN

INSTRUMENTOS QUIRÚRGICOS

NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258, pone de conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación, los Actos Administrativos, según sea el caso:

INFORME SOBRE VERIFICACIÓN DEL VALOR DECLARADO N° 118-3D1310-2008-000426

ASUNTO : Determinación del Valor en Aduana

REF : DUA/ N° 118-2004-10-137748

IMPORTADOR : IBE IMPORT S A C

I. BASE LEGAL

II ANTECEDENTES

1) DATOS DE LA IMPORTACIÓN

    1. DUA: N°118-2004-10-137748 (Canal Rojo) de fecha 27.10.2004
    2. Agencia de Aduana: PEDRO ARANIBAR ORTIZ CODIGO: 0424
    3. Importador: IBE IMPORT SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – RUC N° 20506072086

El importador IBE IMPORT SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, solicitó a consumo mercancía diversa, amparado en la factura comercial SI04090251, Por un valor FOB total de US$10,650,00 Dólares Americanos.

2) DATOS DE LA DUDA RAZONABLE

Se generó Duda Razonable sobre la exactitud o veracidad del valor declarado en los ítems. 01 al 12, 15 de acuerdo al siguiente detalle:

    1. Proveedor: WELLIN DIGITAL TECHNOLOGY LTD.
    2. Notificación Valor de Duda Razonable N° 005504-2004 de fecha 04.11.2004
    3. Orden de Depósito N° 118-2004-002041 (por el monto de US$ 8 392,00) depositada el día 08.11.2004 en el Banco Wiese Sudameris

    4. Ante la notificación de la Duda Razonable, el importador tuvo un plazo de cinco días útiles, prorrogable por una sola vez por el mismo periodo, para que presente al Departamento de Despachos de la División de Importaciones de la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, la documentación necesaria y explicación correspondiente que sustente el precio realmente pagado o por pagar por la mercancía materia de valoración. Dentro del plazo de ley y a la fecha el importador no ha presentado documentación alguna sustentando el precio realmente pagado o por pagar.
    5. Mediante el expediente 118-1004-065707-8 de fecha 11.11.2004, el importador solicita prórroga de cinco días útiles para absolver debidamente la notificación del Valor OMC, lo cual no ha ocurrido ya que a la fecha el importador no ha presentado documentación para sustentar el precio realmente pagado o por pagado por la mercancía materia de valoración.
    6. Después de la evaluación de La documentación que ampara la declaración de importación 118-2004-10-137748 y de los indicadores de precios registrados en el Sistema Integral de Verificación de Precios (SIVEP)que cuenta la Administración, mediante Notificación de "Confirmación de Duda Razonable, No aplicación del Artículo 1° del Acuerdo del Valor de la OMC y Requerimiento de referencias de precios" Nº 118-3D1310-2008-02822 de fecha 26.06.2008, se comunicó al importador la decisión de confirmar la duda razonable para la series 01 al 12, 15, debido a que a la fecha no ha cumplido el importador con sustentar el precio realmente pagado o por pagar por la mercancía materia de valoración. Asimismo se realizó la consulta a que se refiere el numeral 2 de la Introducción General del Acuerdo de Valor de la OMC y el Artículo 14º del D.S. Nº 186-99-EF y sus modificatorias, otorgando un plazo de cinco (05) días para que proporcionen valores de mercancías idénticas o similares o cualquier otra información relativa al valor de las mercancías, que permita determinar el valor en aplicación de estos métodos de valoración.
    7. Con relación a la Notificación cursada vía el Diario Oficial " El Peruano " de fecha 27.07.2008, el importador no ha dado respuesta.

III. ANÁLISIS

DUDA RAZONABLE

1.1 De la revisión de la documentación presentada con la Declaración Única de Aduanas No. 118-2004-10-137748, presentada por la Agencia de Aduana Pedro A. Araníbar Ortiz, con Código 0424, en representación de IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, con RUC No. 20506072086 y de la verificación de los valores registrados en el SIVEP se han encontrado las siguientes incidencias:

  1. La factura Comercial SI04090251 de fecha 17.09.2004 emitida por el proveedor extranjero WELLIN DIGITAL TECHNOLOGY LTD., no consigna: el lugar de expedición de la factura comercial, la descripción de las características principales de la mercancía, el Incoterm pactado, origen de la mercancía, ni la forma y condiciones de pago, requisitos establecidos en los incisos d), g), h), i) y j) del Artículo 5° del Reglamento para la Valoración de Mercancías según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por el Decreto Supremo No. 186-99-EF y modificatorias. El citado artículo condiciona la aplicación del método del valor de transacción a que la Factura Comercial reúna ciertos requisitos. En consecuencia al no reunir la factura comercial los requisitos previstos, no resulta aplicable el método del valor de transacción, correspondiendo aplicar los siguientes métodos previstos en el acuerdo.
  2. Existen indicadores de precios en el Sistema de Verificación de Precios (SIVEP) consignando valores FOB de mercancías similares mayores a los declarados.
  3. En atención a las incidencias encontradas se formuló la Duda Razonable, generándose la Notificación OMC No. 005504-2004 y Orden de Depósito 002041-2004, por el importe de US$ 8 392,00 Dólares Americanos, la misma que ha sido garantizada por el importador con fecha 08.11.2004 a través del Banco Wiese Sudameris, a efectos de otorgar el levante de la mercancía.
  4. RESPUESTA A LA DUDA RAZONABLE

    Formulada la duda razonable, dentro del plazo otorgado el importador a través de la Agencia de Aduana Pedro Araníbar Ortiz, presenta el expediente Nro. 118-2004-065707-8 de fecha 11.11.2004, solicitando prórroga de cinco ( 05 ) días útiles, para absolver la notificación del valor OMC 005504-2004. Sin embargo; a la fecha el importador no ha presentado documentación ni información sustentatoria del precio realmente pagado o por pagar por la mercancía materia de valoración.

    CONFIRMACION DE LA DUDA RAZONABLE, DESCARTE DEL METODO DEL VALOR DE TRANSACCIÓN, CELEBRACION DE CONSULTAS CON EL IMPORTADOR – ARTICULO 14 DEL REGLAMENTO – D.S.186-99-EF

    De la evaluación efectuada a los documentos presentados con la declaración de importación, a los indicadores de precios que cuenta la Administración para la verificación del valor declarado y estando a lo dispuesto en el Acuerdo de Valor de la OMC, su Reglamento D.S. 186-99-EF modificado por el D.S. N° 203-2001-EF, D.S. N° 098-2002-EF, y el Procedimiento INTA-PE-01.10A, se comunicó al importador la decisión de confirmar la duda razonable, por las siguientes consideraciones:

  5. La factura Comercial SI04090251 de fecha 17.09.2004 emitida por el proveedor extranjero WELLIN DIGITAL TECHNOLOGY LTD., no consigna: el lugar de expedición de la factura comercial, la descripción de las características principales de la mercancía, el incoterm pactado, origen de la mercancía, ni la forma y condiciones de pago, requisitos establecidos en los incisos d), g), h), i) y j) del Artículo 5° del Reglamento para la Valoración de Mercancías según el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC, aprobado por el Decreto Supremo No. 186-99-EF y modificatorias. El citado artículo condiciona la aplicación del método del valor de transacción a que la Factura Comercial reúna ciertos requisitos. En consecuencia al no reunir la factura comercial los requisitos previstos, no resulta aplicable el método del valor de transacción, correspondiendo aplicar los siguientes métodos previstos en el acuerdo.
  6. En el casillero 5.2 del formato A de la Declaración Única de Aduanas -Modalidad de Pago-, el importador declara PAGO AL CONTADO, sin embargo; no presenta documentación alguna que sustente el precio realmente pagado por la transacción de compra- venta realizada.
  7. Existen indicadores de precios en el Sistema de Verificación de Precios (SIVEP) consignando valores FOB de mercancías similares mayores a los declarados.
  8. En atención a las incidencias encontradas se formuló la Duda Razonable, generándose la Notificación OMC No. 005504-2004 y Orden de Depósito 002041-2004, por el importe de US$ 8 392,00 Dólares Americanos, la misma que ha sido garantizada por el importador con fecha 08.11.2004 a través del Banco Wiese Sudameris, a efectos de otorgar el levante de la mercancía.
  9. El Rubro VII. literal a.2).7) g) del Procedimiento específico de Valoración de Mercancías INTA.PE.01.10ª, establece que cuando el importador no presenta la documentación e información sustentatoria del valor declarado, o cuando la información y documentación remitida por el mismo y por la empresa verificadora, no llegue a desvirtuar la duda razonable, el especialista en aduanas CONFIRMA LA DUDA RAZONABLE, RECHAZA LA APLICACIÓN DEL PRIMER METODO DE VALORACIÓN DEL ACUERDO, pasando en forma sucesiva a los siguientes métodos de valoración hasta determinar el valor en aduana.
  10. En consecuencia; el valor declarado por el importador no puede admitirse como precio realmente pagado o por pagar según el 1er método de valoración del Acuerdo del Valor de la OMC, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No. 186-99-EF y sus modificatorias, no resultando aplicable el 1er Método de Valoración.
  11. De igual forma se realizó la consulta a que se refiere el numeral 2 de la Introducción General del Acuerdo de Valor de la OMC y el Artículo 14º del D.S. Nº 186-99-EF y sus modificatorias, otorgando un plazo de Cinco (05) días para que proporcionen referencias de mercancías idénticas o similares o cualquier otra información relativa al valor de las mercancías, que puedan tenerse en cuenta para la determinación del valor en aplicación del segundo o tercer método de valoración.

RESPUESTA A LA CONSULTA FORMULADA AL IMPORTADOR – Articulo 14 D. S. 186-99-EF

En atención a la Notificación 118-3D1310-2008-0002822-SUNAT formulada y recepcionada vía El Diario Oficial El Peruano de fecha 21.07.2008, el importador no ha presentado documentación ni información de mercancías idénticas y/o similares que puedan tenerse en cuenta para la determinación del valor en aplicación del Segundo o Tercer Método de Valoración establecido en el Acuerdo del Valor de la OMC.

DETERMINACIÓN DEL VALOR

    1. De conformidad con los artículos 11° y 13° del D.S. 186-99-EF, modificado por los D.S. 203-2001-EF, artículo 6º y 7º del D.S. N° 098-2002-EF y el Procedimiento INTA-PE.01.10a, corresponde para los ítems 0 al 12 y 15 del Formato B de la DUA Nº 118-2004-10-137748 la aplicación del siguiente método de valoración conforme a la siguiente explicación:
    1. Los indicadores de precios utilizado para la sustitución del valor correspondiente a los Items 01 al 12 y 15 del Formato B de la DUA Nº118-2004-10-137748 en aplicación del Tercer Método de Valoración conforme a los artículos 13 y 14 del D.S Nº 186-99-EF y sus modificatorias son los siguientes:

ITEM 01 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2004-044489-ITEM 2

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

SG-20040226 DE FECHA 16.02.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

 

Condición

FABRICANTE

OTROS

Nombre Comercial

VCD

VCD

Marca

S/M

LENCO

Modelo

WL-2049

VCD-2001

Características

( según DUA )

VCD PLAYER, REPRODUCTOR DE IMAGEN Y SONIDO, PORTATIL

VCD, REPRODUCTOR DE IMAGEN Y SONIDO, PORTATIL

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

400 PIEZAS

500 PIEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

27.02.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MAYORISTA

Valor FOB unit

US$3.3 POR PIEZA

US$19.00 POR PIEZA

1.3 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 02 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2005-086991-ITEM 28

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

SFE20050299 DE FECHA 11.04.2005

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

SHENZHEN FUTIAN ELECTRONICS CO.,LTD

Condición

FABRICANTE

DISTRIBUIDOR

Nombre Comercial

MINI JUEGO DE MANO

MINI JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLE23L

GS-521

Características ( según DUA )

PORTATIL

PORTATIL,

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

50,000 PIEZAS

2,080 PÍEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

12.05.2005

Nivel comercial

MAYORISTA

MINORISTA

Valor FOB unit

US$0.08 POR PIEZA

US$0.20 POR PIEZA

1.4 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 03 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2005-086991-ITEM 28

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

SFE20050299 DE FECHA 11.04.2005

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

SHENZHEN FUTIAN ELECTRONICS CO.,LTD

Condición

FABRICANTE

DISTRIBUIDOR

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

MINI JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLE1794

GS-521

Características( según DUA )

PORTATIL

PORTATIL,

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

20,000 PIEZAS

2,080 PÍEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

12.05.2005

Nivel comercial

MAYORISTA

MINORISTA

Valor FOB unit

US$0.09 POR PIEZA

US$0.20 POR PIEZA

1.5 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 04 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2005-086991-ITEM 28

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

SFE20050299 DE FECHA 11.04.2005

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

SHENZHEN FUTIAN ELECTRONICS CO.,LTD

Condición

FABRICANTE

DISTRIBUIDOR

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

MINI JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLE1794

GS-521

Características

( según DUA )

PORTATIL

PORTATIL,

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

3,000 PIEZAS

2,080 PÍEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

12.05.2005

Nivel comercial

MAYORISTA

MINORISTA

Valor FOB unit

US $ 0.09 POR PIEZA

US$ 0.20 POR PIEZA

1.6 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 05 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

Dua 118-2004-148086-ITEM 4

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

EM-LR040072 DE FECHA 29.09.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

ERAMAY ENTERPRISECO.,LTD.

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

MINI JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLE212

JRF8123 , CODIGO 8123

Características

( según DUA )

PORTATIL

PORTATIL,

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

6,000 PIEZAS

900 PÍEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

06.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MINORISTA

Valor FOB unit

US$0.12 POR PIEZA

US$0.2667 POR PIEZA

1.7 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 06 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

Dua 118-2004-148086-ITEM 4

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

EM-LR040072 DE FECHA 29.09.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

ERAMAY ENTERPRISECO.,LTD.

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO,

MINI JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLE222

JRF8123 , CODIGO 8123

Características

( según DUA )

PORTATIL,

PORTATIL,

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

50,000 PIEZAS

900 PÍEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

06.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MINORISTA

Valor FOB unit

US$0.13 POR PIEZA

US$0.2667 POR PIEZA

1.8 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 07 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

Dua 118-2004-148086-ITEM 4

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

EM-LR040072 DE FECHA 29.09.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

ERAMAY ENTERPRISECO.,LTD.

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

MINI JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLE312

JRF8123 , CODIGO 8123

Características

( según DUA )

PORTATIL

PORTATIL,

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

300 PIEZAS

900 PÍEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

06.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MINORISTA

Valor FOB unit

US$0.12 POR PIEZA

US$0.2667 POR PIEZA

1.9 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 08 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

Dua 118-2004-148086-ITEM 4

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

EM-LR040072 DE FECHA 29.09.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

ERAMAY ENTERPRISECO.,LTD.

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO CON CALCULADORA

MINI JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLE290

JRF8123 , CODIGO 8123

Características

( según DUA )

PORTATIL, JUEGO DE MANO CON CALCULADORA

PORTATIL,

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

400 PIEZAS

900 PÍEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

06.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MINORISTA

Valor FOB unit

US$0.12 POR PIEZA

US$0.2667 POR PIEZA

1.10 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 09 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2004-154349 – ITEM 01

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

FV-3413/04 DE FECHA 14.10.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

FAIR VIEW MANUFACTURING COMPANY LIMITED

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLG281

EV-3000

Características

( según DUA )

PORTATIL, JUEGO DE MANO, CALCULADORA Y RELOJ

PORTATIL, TRES EN UNO, JUEGO DE MANO, RELOJ, CALCULADORA

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

2,,000 SET

23,000 SET

Fecha de embarque

18.09.2004

15.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MAYORISTA

Valor FOB unit

US$0.30 POR PIEZA

US$0.50 POR PIEZA

1.11 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 10 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2004-154349 – ITEM 01

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

FV-3413/04 DE FECHA 14.10.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

FAIR VIEW MANUFACTURING COMPANY LIMITED

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

WLG296A

EV-3000

Características

( según DUA )

PORTATIL

PORTATIL, , TRES EN UNO, JUEGO DE MANO, RELOJ, CALCULADORA

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

800 PIEZAS

23,000 PIEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

15.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MAYORISTA

Valor FOB unit

US$0.20 POR PIEZA

US$0.50 POR PIEZA

1.12 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 11 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2004-154349 – ITEM 01

Factura

SI04090251 de fecha 17.09.2004

FV-3413/04 DE FECHA 14.10.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

FAIR VIEW MANUFACTURING COMPANY LIMITED

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

EV-3000

EV-3000

Características

( según DUA )

PORTATIL, TRES EN UNO, JUEGO DE MANO, RELOJ, CALCULADORA

PORTATIL, TRES EN UNO, JUEGO DE MANO, RELOJ, CALCULADORA

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

4,000 PIEZAS

23,000 PIEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

15.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MAYORISTA

Valor FOB unit

US$0.22 POR PIEZA

US$0.50 POR PIEZA

1.13 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 12 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2004-154349 – ITEM 01

Factura

SI04090251 DE FECHA 17.09.2004

FV-3413/04 DE FECHA 14.10.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

FAIR VIEW MANUFACTURING COMPANY LIMITED

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

EV-8006B

EV-3000

Características

( según DUA )

PORTATIL, BINOCULAR, JUEGO DE MANO Y RELOJ

PORTATIL, TRES EN UNO, JUEGO DE MANO, RELOJ, CALCULADORA

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

800 PIEZAS

23,000 PIEZAS

Fecha de embarque

18.09.2004

15.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MAYORISTA

Valor FOB unit

US$0.20 POR SET

US$0.50 POR SET

1.14 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

ITEM 15 FORMATO B

 

INFORMACION DECLARADA

REFERENCIA EMPLEADA

Importador

IBE IMPORT SOCIEDAD ANONIMA CERRADA

DUA 118-2004-154349 – ITEM 01

Factura

SI04090251 DE FECHA 17.09.2004

FV-3413/04 DE FECHA 14.10.2004

Naturaleza Transacción

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Compra Venta para la exportación al País de Importación

Proveedor

WELLIN DIGITAL TECHOLOGY LTD.

FAIR VIEW MANUFACTURING COMPANY LIMITED

Condición

FABRICANTE

COMERCIANTE

Nombre Comercial

JUEGO DE MANO

JUEGO DE MANO

Marca

S/M

S/M

Modelo

P-2000

EV-3000

Características

( según DUA )

PORTATIL, JUEGO DE MANO, RELOJ, CALCULADORA, CUBO, RELOJ

PORTATIL, TRES EN UNO, JUEGO DE MANO, RELOJ, CALCULADORA

País de Origen

CHINA

CHINA

País de Procedencia (Embarque)

CHINA

CHINA

Cantidad

400 SET

23,000 SET

Fecha de embarque

18.09.2004

15.10.2004

Nivel comercial

MAYORISTA

MAYORISTA

Valor FOB unit

US$0.20 POR PIEZA

US$0.50 POR PIEZA

1.15 Asimismo, se ha verificado que la referencia empleada para sustituir el valor cumple con los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento de Valoración:

 

IV CONCLUSION

Por lo expuesto en los numerales precedentes y de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo de Valoración de la OMC, los artículos 13 y 14 del D.S. 186-99-EF, sus modificatorias y el Procedimiento INTA-PE.01.10ª, siendo que el valor en aduana no ha podido determinarse con arreglo al artículo 1° Y 2º del Acuerdo, motivo por el cual el valor en aduana determinado, es el valor de Transacción de Mercancía SIMILAR. Por lo tanto, se debe emitir la Liquidación de Cobranza por el monto ascendente a US $ 6 151,00 dólares americanos, más los intereses correspondientes.

 

NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 27258, pone de conocimiento de las personas naturales y/o jurídicas que se detallan a continuación, los Actos Administrativos, según sea el caso:

Documento de Identidad

Deudor

Documento de

Determinación

Determinación

S/D

FARMACO QUIMICA NACIONAL,

Av Prolongación 27 de febrero, frente a la Urbanización Loyola Santo Domigo República Dominicana

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1500-2008-00201

.Declarar de Oficio el Legajo sin cargo ni valor fiscal de la Solicitud de Transbordo Nº 118-2007-81-003626, numerada por la Agencia de Carga INCA LINES S.A.C. debiendo el Terminal de Almacenamiento RANSA COMERCIAL S.A. poner la mercancía a disposición de la Administración, para que se proceda conforme a lo dispuesto en el Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado con Decreto Supremo Nº 129-2004-EF.

.Debiendo la División de Manifiestos proceder al desdatado de la Solicitud de Transbordo Nº 118-2007-81-003626, de la mercancía que se detalla:

3 PALLETS S.T.C. 84 CAJAS DE CARTON CON INSUMOS MEDICOS DESCARTABLES IMO 2.3-2.1 UN 1040, PG II, EMS 69 TRANSBORDO CON DESTINO FINAL SANTO DOMINGO -REP. DOMINICANA CARGA DESGLOSADA Y TRAMITE REALIZADO POR INCALINES S.A.C.  

RUC 20486086638

AGRO PRODUCTOS OXAPAMPA E.I.R.L.

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2006-00690

. Aprobar la regularización solicitada con Expediente Nº 118-0114-2005-061750-5. presentado por la Agencia de Aduana Transoceanic S.A., en representación de su comitente Agro productos Oxapampa E.I.R.L.

. Autorizar la emisión de la Nota Negociable regularizando la DUA Nº 118-2005-10-149828, a favor de Agro

productos Oxapampa E.I.R.L.

Pasaporte Nº 3146329

MARY CONSUELO MALCA VILLA

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2007-01935

. Anular la serie 6 de la DSI Nº 118-2006-01668

. Disponer que el importador Mary Consuelo Malca Villa efectúe la operación de Reembarque de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2006-0101-00699 y declarada en la serie 6 de la DSI 118-2006-01668, concediéndole para tal efecto un plazo de Treinta (30) días. Contados a partir del día siguiente de la presente publicación, vencido el cual se aplicará la Sanción de Comiso.

. Levantar la inmovilización de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2006-0101-0699, una vez verificada la acción dispuesta en el párrafo precedente.

Pasaporte Nº 0552656

JOSÉ ROLANDO SAMI, CUZMAR DEL CASTILLO

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-0581

Anular la Serie 09) y rectificar los pesos, cantidades y valores totales de la DSI 118-2008-18-00554

. Disponer que el importador José Rolando Sami Cuzmar del Castillo, efectúe la operación de Reembarque de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2008-0101-00233, concediéndole el plazo de Treinta (30) días para numerar la Declaración de Reembarque, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, vencido el cual se aplicará la Sanción de Comiso.

. Levantar la inmovilización de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2008-0101-00233 , una vez verificada la acción dispuesta en el párrafo precedente

Pasaporte Nº 426934999

FITZGERALD IV BERNARD JOSEPH

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-0584

.Anular la serie 22) y rectificar los pesos, cantidades y valores totales de la DSI Nº 118-2007-001697.

. Disponer que el importador, Sr. Bernard Joseph Fitzgerald IV, efectúe la operación de Reembarque de mercancía consignada en el ítem 2º del Acta de Inmovilización Nº 118-2007-0101-00786, concediéndole el plazo de Treinta (30) días para numerar la Declaración de Reembarque, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, vencido el cual se aplicará la Sanción de Comiso.

. Levantar la inmovilización de la mercancía consignada en el ítem 2º Acta de Inmovilización Nº 118-2007-0101-00786 una vez verificada la acción dispuesta en el párrafo precedente

RUC 20166315663

MÉCANICA MARINE MOTORS S.A.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D0400-2008-0338

. Acumular al Expediente Nº 118-2003-065712-5 los Expedientes Nos 118-2004-002077-9, 118-2004-03502-9 y 118-2004-028239-3.

Declarar procedente la solicitud de devolución de tributos presentada mediante Expediente Nº 118-2003-065712-5.

. Aplicar el crédito reconocido señalado en el párrafo precedente, al pago de la deuda exigible a cargo del solicitante que se detalla a continuación, actualizada a la fecha de emisión de la Nota de Crédito Negociable y cheque no negociable respectivo, salvo que se verifique su cancelación a la fecha de emisión de la Nota de Crédito Negociable y Cheque no Negociable, el saldo resultante, de corresponder, deberá ser puesto a disposición del solicitantye:

Documento (Tipo número)

Importe emitido (US$)

L/C Nº 118-2008-021047

7 285.00

 

RUC 20269401843

MARIGMAR S.A.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1500-2008-00211

. Disponer el Legajo de Oficio sin cargo ni valor fiscal de la DUA Depósito Nº 118-2003-70-007532, debiendo el terminal de almacenamiento Ransa Comercial S.A. poner la mercancía a disposición de la Administración, para que proceda conforme a lo dispuesto en el Artículo 88º de la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 809

Ruc 20501650359

TEX TRADING S.A.C.

Pasaporte Nº 0765162

JOSÉ GUSTAVO CONTRERAS SANIZO

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00758

. Rectificar los pesos totales de la DSI Nº 118-2006-18-00358.

. Disponer que el importador José Gustavo Contreras Sanizo, efectúe la operación de Reembarque de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2006-0101-00171 concediéndole para tal efecto un plazo de Treinta (30) días para numerar la Declaración de Reembarque, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, vencido el cual se aplicará la Sanción de Comiso.

. Levantar la inmovilización de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2006-0101-00171 una vez verificada la acción dispuesta en el párrafo precedente

Pasaporte Nº 0326123

CARMEN ROSA LIZARZABURU LUNA

Resolución de Intendencia Nº 118-3D0000-2008-00764

. Anular la Serie 12) y rectificar los pesos, cantidades y valores totales de la DSI Nº 118-2005-18-00627.

. Disponer que la importadora, Carmen Rosa Lizarzaburu Luna, efectúe la operación de Reembarque de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2005-0101-00173, concediéndole para tal efecto un plazo de Treinta (30) días para numerar la Declaración de reembarque, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, vencido el cual se aplicará la Sanción de Comiso.

. Levantar la inmovilización de la mercancía consignada en el Acta de Inmovilización Nº 118-2005-0101-00173 una vez verificada la acción dispuesta en el párrafo precedente

RUC 20428908989

Agencia de Aduana DAHAL S.A.C.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1300-2008-00809

. Declarar el Comiso Administrativo de las mercancías consignadas en el Acta de Inmovilización Nº 118-2005-0101-00130

. Sancionar al importador Municipalidad Provincial de Huaylas, con Multa ascendente a Novecientos Setenta y Cinco y 00/100 Dólares Americanos (US $ 975.00).

RUC 10107411165

LUIS HUILLCA HUAMÁN

Notificación Nº 118-3D1100-2008-000357

Expediente Nº 000-ADRATD-2008-118488-9

Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2008-00048

Se le comunica en relación a la intervención realizada el día 13/02/2008, por parte de la Policía Nacional del Perú en las intersecciones de las Avenidas los Alisos y Gerardo Unger – Independencia, Lima, respecto a la incautación de mercancías consistentes en zapatillas de diferentes colores y tamaños marca NIKE y AIR; y en mérito a lo señalado en los artículos 57º y 159º de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Ley Nº 27444, y a lo dispuesto en el numeral C4) del Rubro VII) del Procedimiento Específico IPCF-PE-00.01 " Inmovilización, Incautación y Sanciones Aduaneras" aprobado mediante Resolución de Intendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 315-2006-SUNAT/A publicado en el diario Oficial "El Peruano" con fecha 15/06/2006. se le otorga el Plazo de Siete Días (07) días hábiles ( contado a partir desde el día siguiente a la fecha de publicada la presente), para que presente a esta Administración Adunera la documentación sustentatoria que permita determinar la propiedad, posesión, tenencia y/o procedencia legal de la mercancía incautada.

Esta información es necesaria a efecto de que esta Renta pueda pronunciarse respecto de la situación legal de la mercancía incautada por la Policía Nacional del Perú e ingresada a la Aduana con Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2008-00048

NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104° inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por Ley N° 809, cumple con NOTIFICAR a los deudores incluidos en la relación que a continuación se detalla, para que procedan a efectuar el pago en moneda nacional de los siguientes adeudos dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en caso contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115º del TUO del Código Tributario:

Documento de Identidad

Deudor

Documento de Determinación

Concepto

Liquidación Cobranza

 

Importe

RUC

20513268221

NEGOCIACIÓN METAL

GLOBAL EXPORT

IMPORT SAC

Resolución Jefatural de División Nº 118- 3D1400-2008-00156

Multa DUA Provisional 118-2007-40-050110

118-2008-086357

S/. 1 725.00

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00161

Multa DUA Provisional 118-2007-40-058294

118-2008-087878

S/. 1 725.00

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00162

Multa DUA Provisional 118-2007-40-057442

118-2008-087891

S/. 1 725.000

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00163

Multa DUA Provisional 118-2007-40-069188

118-2008-087897

S/. 1 725.00

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00164

Multa DUA Provisional 118-2007-40- 073151

118-2008-087899

S/. 1 725.00

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00165

Multa DUA Provisional 118-2007-40- 078752

118-2008-087905

S/. 1 725.00

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00166

Multa DUA Provisional 118-2007-40-086581

118-2008-087911

S/. 1 750.00

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1400-2008-00167

Multa DUA Provisional 118-2007-40-080701

118-2008-088693

S/. 1 725.00

RUC

20506072086

IBE IMPORTSOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA

Informe de Verificación Valor Nº 118-3D1310-2008-00426

Cargo DUA Provisional 118-2007-40-050110

118-2008-187024

US $ 6,151.00

RUC

10099390587

QUISPE CCASO

GERARDO

POMPEYO

Resolución Intendencia

Nº 118-3D0000-2007-

002294

Declarar fundada en parte la reclamación contra la Resolución de Intendencia

Nº 118-3D0000-2006-1744, en el extremo que no procede el Comiso de la

mercancía del ítem 16,del ítem 18, y del ítem 28, en consecuencia devuélvase

dicha mercancía INFUNDADA en cuanto al Comiso de los ítems 5,11,13,14,

15, 17 la mercancía del ítem18, ítems 19,23, 32 y 50 del Acta de Incautación

Nº 118-0400-AC-2006-00424, e INFUNDADA en cuanto a la Sanción de multa

RUC

20456747460

ALMAGHI E.I.R.L. Nombre Comercial GHAMA Importaciones

 

Multa

118-2006-181395

US $ 2,357.00

RUC

20160108801

OLIMPUS TRADING CO. S.A.C.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1600-2008 -00103

Multa

118-2008-193457

US $ 7 192.00

RUC

20160108801

OLIMPUS TRADING

CO. S.A.C.

Resolución Jefatural de División Nº 118-3D1600-2008-00052

Multa

118-2008-145912

US $ 627.00

RUC

10076104790

LÓPEZ ESTRADA, YVONNE MARIZEL

Resolución de Intendencia Nº118-3D0000-2007-002139

Multa

118-2007-217111

US $ 446.00

Decretar el Comiso Administrativo de la mercancía ingresada a la Gerencia de

Almacenes de Santa Anita con el Acta de Recepción Nº 974-000C-CA-2004-

00291 (Acta de Incautación Nº 118-0400-AC-2004-00301)

RUC

20526938292

BALSHEM GAMING

SAC

Notificación Nº 118-3D0410- 2008-001025

Se le hace de su conocimiento que se ha efectivizado la Orden de Depósito Nº 118-2005-00753 (DUA 118-2005-095172), a través de la ejecución de la Orden de Devolución de Garantía  Nº 118-2007-00758, ingresándose lo ejecutado con Liquidación de Cobranza Nº 118-2008-042344.

De la actualización de la deuda efectuada mediante Informe Nº 186-2008-SUNAT-3D0410, se deduce que mantienen un saldo pendiente de pago de la L/C Nº 118-2005-110350, por el importe de US $ 129.00 dólares americanos por Concepto de IGV, por lo que se notifica para que en el plazo de (05) días de recibida la presente se apersonen al Departamento de Recaudación de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao a fin de cancelar el monto indicado más los intereses correspondientes hasta la fecha de cancelación.

En caso de incumplimiento se procederá al inicio de Cobranza Coactiva.

NOTIFICACIÓN COACTIVA

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao a través de la Ejecutoría, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104° y 107° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953 y concordado con el Artículo 9° del Reglamento de Cobranzas Coactivas aprobado con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT, cumple con NOTIFICAR COACTIVAMENTE por la presente, al deudor que a continuación se detalla, para que en el plazo de (07) siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación; bajo apercibimiento de dictarse medidas cautelares previstas en el Artículo 118° del Texto Único Ordenado del Código Tributa+rio cumpla con pago de la deuda que a continuación se detalla:

Expediente Coactivo

Deudor

Documento de Identidad

Documento de Determinación

Liquidación de Cobranza

Concepto

Importe

S/.

US$

2008-397

 

REP GLES DE SERV KAREN S.R.LTDA.

20102723351

R. DIV. N°118-3D1600-2007-001165

118-2008-051197

TRIBUTOS

 

180.00 (principal )

9.00 (interés)

2008-377

 

UCHASARA AVENDAÑO ADRIAN

10004057959

R. I. N°118-3D0000-2007-002092

118-2008-212573

TRIBUTOS

 

346.00 (principal )

80.00 (interés)

2008-445

TUBOS DEL PACIFICO S.A.C.

20501712729

R. Div. N°118-3D1600-2007-0000142

118-2007-223633

MULTA

 

880.00 (principal)

627.00 (interés)

2008-225

 

MADERAS PRECIOSAS DEL PERU S.A.

20486224887

R. Div. N°118-3D1400-2007-000095

 

118-2007-050006

MULTA

1650.00 (principal )

1034.00

(interés )

 

2008-197

 

MADERAS PRECIOSAS DEL PERU S.A.

20486224887

R. Div. N°118-3D1400-2007-000097

 

118-2007-050021

MULTA

1650.00 (principal )

991.00 (interés )

 

 

NOTIFICACIÓN DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION

Que, no habiendo los deudores tributarios cumplido con cancelar la deuda tributaria materia del presente procedimiento, la cual incluye los intereses moratorios que se devenguen hasta la cancelación de aquella, las costas procesales y los gastos administrativos; y haciéndose efectivo el apercibimiento notificado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias y el Artículo 20º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT, trábese EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION en contra de los deudores tributarios y hasta por las sumas detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Coactiva, sobre las acciones de propiedad de los deudores tributarios, inscritas a su favor en los certificados correspondientes y que se encuentran registradas en CAVALI ICLV S.A.., identificado con RUC 10402337694; notificándose a CAVALI ICLV S.A. para que brinde las facilidades necesarias para su anotación respetiva en los certificados de acciones de los siguientes deudores:  

Expediente Coactivo

Nro. Resolución

Comitente

Documento de Identidad

Liquidación de Cobranza

Importe

342-2003

012

POSEIDON DEL PERU S.A.

RUC 20307324131

Liquidación de Cobranza N° 118-2003-4084

S/. 16,346.00

342-2003

012

POSEIDON DEL PERU S.A.

RUC 20307324131

Liquidación de Cobranza N° 118-2002-42597

S/. 21,600.00

258-2005

012

POSEIDON DEL PERU S.A.

RUC 20307324131

Liquidación de Cobranza N° 118-2004-74825

US$ 1,523.00