SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO

 

(Publicado en el Boletín del Diario Oficial El Peruano el 18.01.2013)

 

NOTIFICACIÓN DE  RESOLUCIONES COACTIVAS

 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao a través de la Ejecutoría Coactiva, notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104º inciso e) y artículo 116º  del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias y el artículo 5º del Reglamento de Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT publicado el 25.09.2004, cumple con NOTIFICAR  a los deudores tributarios las resoluciones coactivas que a continuación se detallan:

 

EXP. COAC.

AÑO    

RESOLUCION COACTIVA

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

DEUDOR

TIPO

FECHA

TIPO

NUMERO

 

543            466

1998        1999

07

LEVANTESE LA SUSPENSION  DE LOS EXP. COACT. 543   y 466 -  POR LA  CONCLUSION DEL PROCESO CONCURSAL; PROSIGASE CON LA COB

19.12.12

RUC

20100026300

MOTOR  IMPORT S.A.

 

Por lo tanto, el (los) deudor (es) que se indica(n) debe(n ) apersonarse a recabar la(s) resolución(es) coactiva(s) correspondiente(s), en la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, sito en la Av. Guardia Chalaca N° 149 – Callao.

Una firma del Ejecutor Coactivo de la Aduana Marítima del Callao, Abog, Alberto Uehara Teruya. Lo que notifico a Ud. Conforme a ley.

 

NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO DE PAGO DE DEUDA EN COBRANZA COACTIVA

 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao, a través de la Ejecutoría Coactiva, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF modificado por Ley N° 27256 y Decreto Legislativo N° 953 y otros , concordado con el Artículo 8° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva aprobado con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT: Cumple con notificar a los deudores de la relación,  REQUIRIENDO EL PAGO DE LA DEUDA EN COBRANZA COACTIVA, la que deberá ser cancelada incluyendo los intereses, recargos, moras, gastos y costas correspondientes, en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas contados a partir del día siguiente de la publicación; bajo apercibimiento de proseguir con la interposición de medidas cautelares previstas en el Artículo 118° del Texto Único Ordenado del Código Tributario. La cancelación se realizará en moneda nacional, aplicándose en el caso de deudas expresadas en dólares americanos, el tipo de cambio venta publicado en el Diario Oficial "El Peruano" de la fecha de pago. Por tal efecto, se notifica la presente resolución al deudor que se indica a través del Diario El Peruano y la página web de la SUNAT. El deudor deberá apersonarse a recabar la misma en la Av. Guardia Chalaca N° 149 – Callao.

El detalle de la deuda se detalla a continuación:

EXP. COAC

AÑO

RUC             COMITENTE

DOCUMENTO DE COBRANZA

543

1998

20101383700

MOTOR IMPORT S.A.

118

L/C

17215

1995

$

4,190.00

466

1999

20101383700

MOTOR IMPORT S.A.

000

L/C

2310

1998

$

34,863

Una firma del Ejecutor Coactivo de la Aduana Marítima del Callao, Abog, Alberto Uehara Teruya. Lo que notifico a Ud. conforme a ley.

 

NOTIFICACIÓN DE  RESOLUCIONES COACTIVAS

 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao a través de la Ejecutoría Coactiva, notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104º inciso e) y artículo 116º  del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias y el artículo 5º del Reglamento de Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT publicado el 25.09.2004, cumple con NOTIFICAR  a los deudores tributarios las resoluciones coactivas que a continuación se detallan:

 

EXP. COAC.

AÑO    

RESOLUCION COACTIVA

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

DEUDOR

TIPO

FECHA

L/C (SALDO) $ 5,491.00

RUC

 

721         

2008      

04

REDUCCION DEL MONTO DE LA DEUDA

24-10-2012

118-2006-124955

20457156392

IMPORT YURICO EIRL

 

Por lo tanto, el (los) deudor (es) que se indica(n) debe(n ) apersonarse a recabar la(s) resolución(es) coactiva(s) correspondiente(s), en la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, sito en la Av. Guardia Chalaca N° 149 – Callao.

Una firma del Ejecutor Coactivo de la Aduana Marítima del Callao, Abog, Alberto Uehara Teruya. Lo que notifico a Ud. conforme a ley.