SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA INTENDENCIA ADUANA MARITIMA DEL CALLAO Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao
NOTIFICACIÓN DE EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN
(Fecha
de publicación el 25.10.2013)
La Superintendencia Nacional Administración
Tributaria de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 104° Inciso e)
del Texto Único del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo N°
133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR a los deudores incluidos en la relación
que a continuación se detalla, para que procedan a efectuar el pago en
moneda nacional de los siguientes adeudos dentro de los diez días hábiles
contados a partir del día siguiente de la presente publicación; en caso
contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115°
del Texto Único Ordenado del Código Tributario: Que, La Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del
Callao, a través de la Ejecutoría Coactiva, de conformidad con lo dispuesto
en el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, concordado con el
Artículo 8° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva aprobado
con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT cumple con NOTIFICAR EL
LEVANTAMIENTO DE EMBARGO EN FORMA DE RETENCION, a los deudores que a
continuación se detallan: “Que, de conformidad con el numeral 2 del artículo
116º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S.
Nº 133-2013-EF y sus modificatorias y el inciso c) del artículo 5º del
Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por la R.S. Nº
216-2004/SUNAT y normas modificatorias, LEVÁNTESE la medida de embargo en
forma de RETENCIÓN…" Por lo tanto, los deudores que se indican deben
apersonarse a recabar las resoluciones coactivas correspondientes, en la
Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, sito en la Av. Guardia Chalaca
N° 149 – Callao.