SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA ADUANA MARITIMA DEL CALLAO
Avenida Guardia Chalaca Nº 149 Callao


NOTIFICACIÓN DE EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN

(Fecha de publicación el 25.10.2013)

La Superintendencia Nacional Administración Tributaria de conformidad con lo dispuesto  en el Artículo N° 104° Inciso e) del Texto Único del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo  N° 133-2013-EF, cumple con NOTIFICAR  a los deudores incluidos en la relación que a continuación se detalla, para que procedan a efectuar el pago en moneda nacional de los siguientes adeudos dentro de los diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación; en caso contrario se procederá de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 115° del Texto Único Ordenado del Código Tributario: Que, La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – Intendencia de Aduana Marítima del Callao, a través de la Ejecutoría Coactiva, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, concordado con el Artículo 8° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva aprobado con Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT cumple con NOTIFICAR EL LEVANTAMIENTO DE EMBARGO EN FORMA DE RETENCION, a los deudores que a continuación se detallan: “Que, de conformidad con el numeral 2 del artículo 116º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF y sus modificatorias y el inciso c) del artículo 5º del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por la R.S. Nº 216-2004/SUNAT y normas modificatorias, LEVÁNTESE la medida de embargo en forma de RETENCIÓN…" Por lo tanto, los deudores que se indican deben apersonarse a recabar las resoluciones coactivas correspondientes, en la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, sito en la Av. Guardia Chalaca N° 149 – Callao.

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