SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA
DE ADUANA DE MOLLENDO
(Publicado
en el diario oficial “El peruano” el día 12.07.10)
La
siguiente es para comunicar al recurrente que conforme lo señalado por el último
párrafo del artículo 11º del Texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, no ha podido ser notificado según
lo dispuesto en los incisos a) y d) del artículo 104º de la norma precitada,
razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) Numeral 2 del
mismo artículo, modificado por Ley Nº 27256, se le notifica por la presente
publicación a fin de que pueda hacer uso de su derecho defensa; es decir,
facultativamente pueda presentar los recursos impugnatorios que considere
pertinentes ante la Intendencia de Aduana de Mollendo, ubicada en Plaza Grau 240
Mollendo – Islay – Arequipa..
La
Resolución materia de la presente publicación, corresponde al Procedimiento
Reclamos Tributarios IFGRA-PG.04, en concordancia con lo establecido por
el artículo 137º del TUO del Código Tributario, aprobado por D.S. 135-99-EF
El
recurrente puede autorizar a una tercera persona la presentación de dichos
recursos impugnatorios, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona
natural, carta poder firmada por el recurrente y fotocopia del documento de
identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica, carta poder del
representante legal con sello de la empresa y fotocopia de la ficha RUC de la
misma. Es de aplicación al presente lo previsto por el artículo 140º del TUO
del Código Tributario.
Asimismo,
el recurrente deberá informar su nuevo domicilio fiscal.
La
presente notificación aparece publicada a partir de la fecha en la PAGINA WEB
de SUNAT.
DNI/RUC |
DEUDOR
TRIBUTARIO |
EXPEDIENTE
DE |
RESOLUCION |
FECHA |
RESULTADO |
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RECLAMACION
Nº |
INTEDENCIA |
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Nº |
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10362737 |
JUAN
CARLOS VARGAS MELENDEZ |
145-3N9900/2009-4177-0 |
000102- |
04/06/2010 |
IMPROCEDENTE |
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EXPEDIENTE
DE |
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RECLAMACION |