SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE MOLLENDO
Fecha de Publicación 03 Setiembre 2013
La siguiente es para comunicar al deudor tributario que no ha podido
ser notificado conforme a lo dispuesto en los incisos a) o d) del
artículo 104º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº
135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo
dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, modificado por Ley
Nº 27256, se le notifica por la presente publicación y por
lo tanto debe apersonarse a recabar sus documentos, en la Intendencia
de Aduana de Mollendo, Departamento de Recaudación y
Contabilidad , ubicada en Av. TUPAC AMARU 102 Mollendo - ISLAY -
Arequipa.
La Resolución materia de la presente publicación,
corresponde a Perdida de beneficio por Fraccionamiento Art. 36 C.T.
N° 145-2012-000017, a cuyo efecto la Intendencia de Aduana de
Mollendo a través del Departamento de Recaudación y
Contabilidad ha dictado Resolución de Intendencia, la cual
cumple con NOTIFICAR conforme a relación adjunta, de conformidad
al inciso e) del artículo 104º de la norma legal invocada.
El notificado pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus
documentos, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona
natural, carta de autorización firmada y fotocopia del documento
de identidad del mismo.
Asimismo, los notificados deberán informar su nuevo domicilio real y/o fiscal de ser el caso.
La presente notificación aparece publicada a partir de la fecha en la página web de la SUNAT
DNI/RUC
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NOTIFICADO
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RESOLUCION DE INTENDENCIA
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FECHA DE EMISION
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FRAC.Art.36 C. Tributario
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MONTO
USD/
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OTRAS SANCIONES
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09327253
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PINEDA MURILLO
JULIO CESAR
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145 3N0000/2013-000120
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24.05..2013
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2012-000017
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403.00
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