SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA

INTENDENCIA DE ADUANA DE MOLLENDO

Fecha de Publicación 03 Setiembre 2013

La siguiente es para comunicar al deudor tributario que no ha podido ser notificado conforme a lo dispuesto en los incisos a) o d) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, modificado por Ley Nº 27256, se le notifica por la presente publicación y por lo tanto debe apersonarse a recabar sus documentos, en la Intendencia de Aduana de Mollendo, Departamento de Recaudación y Contabilidad , ubicada en Av. TUPAC AMARU 102  Mollendo - ISLAY - Arequipa.
La Resolución materia de la presente publicación, corresponde a Perdida de beneficio por Fraccionamiento Art. 36 C.T. N° 145-2012-000017, a cuyo efecto la Intendencia de Aduana de Mollendo a través del Departamento de Recaudación y Contabilidad  ha dictado Resolución de Intendencia, la cual cumple con NOTIFICAR conforme a relación adjunta, de conformidad al inciso e) del artículo 104º de la norma legal invocada.
El notificado pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada y fotocopia del documento de identidad del mismo.

Asimismo, los notificados deberán informar su nuevo domicilio real y/o fiscal de ser el caso.
La presente notificación aparece publicada a partir de la fecha en la página web de la SUNAT

DNI/RUC

NOTIFICADO

RESOLUCION DE INTENDENCIA

FECHA DE EMISION

FRAC.Art.36 C. Tributario

MONTO  USD/

OTRAS SANCIONES

09327253

PINEDA MURILLO JULIO CESAR

145 3N0000/2013-000120

24.05..2013

2012-000017

403.00

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