SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
DE ADUANA DE TACNA
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Fecha
de publicación 21.06.13
La
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -
Intendencia de Aduana de Tacna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
11° y el artículo 104º inciso e) del
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, cumple con notificar al
Administrado el siguiente acto administrativo.
La
persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la
Intendencia de Aduana de Tacna ubicada en Parque Industrial Mz. A Lotes 5
y 6 Pocollay - Tacna, a fin de recabar copia del documento notificado.
Asimismo,
se hace de su conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación
podrá ser impugnado dentro del término de veinte (20) días hábiles contados
a partir del día siguiente de la presente publicación.
La
respuesta a la presente notificación, puede ser presentada ante cualquier
oficina de la SUNAT a nivel nacional, de no obtener respuesta en el plazo señalado
anteriormente se procederá conforme a Ley.
RUC |
DEUDOR |
DUA
/ DAM |
DOCUMENTO
DE DETERMINACIÓN |
DETERMINACIÓN |
20511948615
|
AGENCIA
DE ADUANA B&C ADUANAS
S.A.C. Código
5721 |
172-2012-10-019535 |
RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA Nº
172-3G0000/2013-001284
del 14.MAY.2013 LIQUIDACION
DE COBRANZA N° 172-2013-027113
|
Con
RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA Nº 172-3G0000/2013-001284
del 14.MAY.2013, se resuelve: ARTICULO
PRIMERO.- Declarar
PROCEDENTE la solicitud de Legajamiento de la Declaración Aduanera
de Mercancías Nro. 172-2012-10-019535,
presentada por la AGENCIA DE ADUANAS B&C
ADUANAS S.A.C., con código
5721, en representación de
su comitente IMPORT
EXPORT PAK PACIFIC MOTORS S.R.L., identificado con RUC
Nro. 20535234800 e IMPROCEDENTE
la solicitud referida a que el legajamiento sea sin cargo para la Agencia;
en base a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la
presente resolución y a lo establecido en el inciso
k ) del artículo 201º del Reglamento de la Ley General de
Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2009-EF. ARTICULO
SEGUNDO.- IMPONER
sanción de MULTA
a la AGENCIA DE ADUANA B&C
ADUANAS S.A.C., identificada
con código N° 5721, ascendente a la suma de Mil Ochocientos con
veinticinco con 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 825.00), por haber numerado la
DAM N° 172-2012-10-020291 sin que previamente haya dejado sin efecto la
DAM N° 172-2012-10-019535, según lo establecido en el numeral 7 del
inciso b) del Artículo 192º de la Ley General de Aduanas, aprobada por
Decreto Legislativo N° 1053, debiendo generarse la Liquidación de
Cobranza correspondiente, considerando como fecha de la comisión de la
infracción el 09.JUL.2012.
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