SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA
NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTOS
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 054-024-0000046-SUNAT
(Publicado en el diario Arequipa al Día" el día 19.01.04)
Relación de Contribuyentes que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en los incisos a) o d) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y por lo tanto deben apersonarse a recabar sus requerimientos y esquelas, a esta Intendencia Regional ubicada en la Calle Jerusalén Nº 100 esquina con Mercaderes - Arequipa.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Requerimientos y esquelas, para lo cual deberá adjuntar, una carta de autorización del representante legal con sello de la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dichos contribuyentes deben informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario Nº 2127 cumpliendo con los requisitos correspondientes según Decreto Supremo Nº 102-2002-EF.
RUC |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL |
RESOLUCIÓN |
NOTIFICACIÓN |
DOCUMENTO |
TRIBUTO |
E.G. |
MOTIVO |
10296399286 |
FUENTES MATTUS MARIO FLORENTINO |
054-024-0000044 |
RESULTADO DEL REQUERIMIENTO |
3610-00195229 |
IGV-RENTA |
2002/01 AL2002/12 |
1 |
10296399286 |
FUENTES MATTUS MARIO FLORENTINO |
054-024-0000044 |
REQUERIMIENTO |
3611-00116545 |
IGV-RENTA |
2002/01 AL2002/12 |
2,3,4,5 y 6 |
20412095007 |
PROCOTEL S.R.L. |
054-024-0000044 |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO |
3611-00116635 |
IGV-RENTA |
2001/01 AL2001/12 |
7 |
10294629560 |
LLAIQUE RODRIGUEZ FRANCISCA |
054-024-0000044 |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO |
3611-00116665 |
IGV-RENTA |
2001/01 AL 2001/12 |
8 |
20412278268 |
CONFIDENCIAL EIRL |
054-024-0000044 |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO |
3611-00116628 |
IGV-RENTA |
2002/01 AL 2002/12 |
7 |
NOTAS: |
|
1 |
No exhibe y/o presenta lo requerido mediante documento 3610-00195229 |
2 |
Presentar Declaración de Autorización de Impresión de Comprobantes de pago, Declaraciones Pago mensuales, rectificatorias del IGV y del I.Rta-Pagos a Cta.,Declaración Jurada Anual del Impto. a la Rta, Formulario 125-Modificación del porcentaje o coeficiente. |
3 |
Exhibir Libros y/o Registros exigidos de acuerdo a las normas sectoriales, Libro de Actas de Junta de Accionistas y Directorio, Libros contables:Diario,Mayor,caja y Bancos, Inventarios y Balances, Registro de Ventas, Registro de Compras y Auxiliar de Control deActivo Fijo. |
4 |
Exhibir Control Permanente de bienes entregados y recibidos en consignación, Inventario y/o Contabilidad de Costos de acuerdo al Art. 35 del TUO de la Ley del Impto. a la Renta. |
5 |
Exhibir comprobantes de pago de ventas, Declaraciones Unicas de Aduanas, Guías de Remisión, Notas de Débito y Crédito (emitidos); exhibir comprobantes de compras, Declaraciones Unicas de Aduanas, Guías de Remisión, Notas de Débito y Crédito (recibidos). |
6 |
Exhibir comprobantes de diario, vouchers y otros relacionados a las operaciones registradas que sustenten costo o gasto, documentos que sustenten operaciones ingresos y egresos de caja-bancos; Estados de Cuenta proporcionados por las Instituciones del Sistema Financiero y de Seguros; Escritura de Constitución; Contratos por servicios recibidos y/o prestados;Documentación referente a pérdidas extraordinarias; Informe de Auditores independientes; Convenios de Estabilidad Tributaria, Análisis de alquileres, Análisis de reinversiones, Análisis de variación mensual de clase 6 y 7,Detalle de préstamos recibidos o entregados, Papeles de Trabajo del ajuste integral de inflación, Análisis del Costo de Producción, Descripción del Sistema Contable, Copia de Informe favorable del OSINERG; documentación o información sobre métodos para determinación de precios de operaciones con empresas vinculadas, según corresponda. |
7 |
No exhibe los libros y registros contables siguientes:
registro de compras, registro de ventas, libro caja bancos, libro diario,
libro mayor, libro de inventarios y balances . Base Legal Art. 16 del TUO del Codigo Tributario aprobado por D.S. 135-99-EF |
8 |
No exhibió lo solicitado mediante Requerimiento 3611 Nº 00116665. |