SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA
Anexo a la Resolución de Intendencia Nº 054-024-0001023/SUNAT
Del 16 de Octubre de 2009
(Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 02.11.09)
Notificación de las Resoluciones de Intendencia que declaran el abandono de bienes comisados, conforme a los dispuesto en el numeral 15.4 del articulo 15° del Reglamento de la Sanción de Comiso de Bienes prevista en el articulo 184° del Código Tributario, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 157-2004/SUNAT y segundo párrafo del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificado por el Decreto Legislativo N° 953.
Las personas, los representantes legales de las razones sociales intervenidas, además de cualquier tercero con legitimo interés pueden autorizar a una tercera persona a recabar su Resolución Intendencia (R.I.) correspondiente, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC, DNI o L.E., y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Nº DE ORDEN |
DNI/LC/RUC/ CEDULAS DE CIUDADANIA |
APELLIDOS Y NOMBRES O RAZON SOCIAL DEL SUJETO INTERVENIDO O INFRACTOR |
N° DE ACTA PROBATORIA |
FECHA DE ACTA PROBATORIA |
Nº DE RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA DE ABANDONO |
DEP. |
CONDICION |
1 |
H29404842 |
CARDENAS MANZANEDA VICTOR HUGO |
0500600006709-03 |
10/09/2009 |
054-012-0005302 |
(*) |
(*) |
2 |
10294542251 |
MAMANI MAMANI ZACARIAS |
0500600006627-03 |
02/09/2009 |
054-012-0005318 |
050 |
HABIDO |
(*) El sujeto intervenido no proporcionó información y/o documentos que permitan identificar al deudor tributario.