(Publicado en el diario oficial “El Peruano” el día 22.11.10)
Actas Probatorias y Resoluciones de Intendencia de bienes comisados, que la SUNAT ha declarado en abandono, y que procederá a rematar, destinar a entidades públicas o donar, al no haberse acreditado el derecho de propiedad o posesión o al no haberse pagado la multa y gastos, dentro del plazo establecido en el Artículo 184° del Código Tributario.
Acta Probatoria |
Nombre del infractor o intervenido |
R.I. de Abandono |
0500600004444-03 |
CASAS & CERAMICOS S.A.C. |
054-012-0002633 |