SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL CUSCO
RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 093-00-0000047 del 18.07.03
NOTIFICACIÓN A DEUDORES TRIBUTARIOS
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 08.08.03)
Relación de contribuyentes que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en los incisos a) o d) del Art. 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N°135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y por tanto deben apersonarse a recabar sus Ordenes de Pago, Resoluciones de Multa, Resoluciones de Ejecución Coactiva, Resoluciones de Intendencia y Esquelas, en la Intendencia Regional Cusco ubicado en calle Santa Teresa Nº 370 – Cusco.
El deudor tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar las Ordenes de Pago, Resoluciones de Ejecución Coactiva, Resoluciones de Intendencia y/o Esquelas , para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural carta de autorización firmada y fotocopia del documento de identidad del contribuyente. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal con el sello de la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Así mismo, dichos deudores deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
Relación de deudores tributarios