SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL CUSCO
Resolución de Intendencia N° 093-024-0000002 del 26.09.03
NOTIFICACIÓN A DEUDORES TRIBUTARIOS
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el 14.10.03)
Relación de contribuyentes que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en los incisos a) o d) del Art. 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N°135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y por tanto deben apersonarse a recabar sus Ordenes de Pago, Resoluciones de Multa, Resoluciones de Ejecución Coactiva y/o Resoluciones de Intendencia, en la Intendencia Regional Cusco sito en calle Santa Teresa Nº 370, Cusco.
El deudor tributario puede autorizar a una tercera persona a recabar las Ordenes de Pago, Resoluciones de Ejecución Coactiva y/o Resoluciones de Intendencia, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural carta de autorización firmada y fotocopia del documento de identidad del contribuyente. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal con el sello de la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dichos deudores deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
Relación de deudores tributarios