SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

NOTIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTES

Resolución de Intendencia Nº 096-024-0000039/SUNAT

(Fecha de Publicación: 20/01/2009)

Relación de contribuyentes que conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por el decreto Legislativo Nº 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar las Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda, en las oficinas de la SUNAT ubicadas en la calle Santa Teresa N° 370 - Cusco.

La contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Resolución y/o requerimiento, según corresponda, para lo cual deberá adjuntar en caso de una persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, los contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

Resolución de Intendencia Nº 096-024-0000039/SUNAT 

RUC

NOMBRE O RAZON SOCIAL

ACTO ADMINISTRATIVO

REF.

20350450239

DISTRIBUIDORA FERNÁNDEZ E.I.R.L.

Requerimiento Nº 0960550002542

1

10238573276

VARGAS COSTILLA LAURA.

Requerimiento Nº 0960550002625

2

NOTAS:

1.- Que mediante el Requerimiento Nº 0960550002542, vinculado al expediente de reclamación Nº 0960340005660, se requiere la presentación de: 1.-Firma de letrado hábil (Constancia de habilitación o papeleta de habilitación) en el recurso de reclamación. 2.- Comprobante de pago de la totalidad de la deuda tributaria reclamada extemporáneamente o carta fianza bancaria o financiera por el monto de la deuda actualizada hasta por seis (6) meses posteriores a la fecha de la interposición de la reclamación, contenida en las siguientes Resoluciones de Multa: 0940020011316, 0940020011317, 0940020011318, 0940020011319, 0940020011320. 3.- Comprobante de pago de la totalidad de la deuda tributaria reclamada extemporáneamente, contenida en las siguientes Órdenes de Pago: 0930010109201 y 0930010116016. La información requerida deberá ser presentada en la División de Servicios al Contribuyente de la Intendencia de la SUNAT, ubicada en Calle Santa Teresa 370 - Cusco o en los centros de servicios al contribuyente de dicha Intendencia dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación del presente requerimiento.

2.- Que mediante el Requerimiento Nº 0960550002625, vinculado al expediente de reclamación Nº 0960340005812, se requiere la presentación de: 1.-Comprobante de pago de la totalidad de la deuda tributaria reclamada extemporáneamente o carta fianza bancaria o financiera por el monto de la deuda actualizada hasta por seis (6) meses posteriores a la fecha de la interposición de la reclamación, contenida en la siguiente Resolución de Multa: 0930020019244. La información requerida deberá ser presentada en la División de Servicios al Contribuyente de la Intendencia de la SUNAT, ubicada en Calle Santa Teresa 370 - Cusco o en los centros de servicios al contribuyente de dicha Intendencia dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación del presente requerimiento.

NOTA: Para todas las reclamaciones que hayan sido declaradas INFUNDADAS O FUNDADAS EN PARTE las mismas no agotan la vía administrativa y surtirán efectos al día siguiente al de su notificación. Contra las mismas podrán interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de su notificación, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 146º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, en las oficinas de la Administración Tributaria ubicada en Calle Santa Teresa N°1370 – Cusco, Avenida de la Cultura N° 746 (Edificio Santa Fe), Wanchaq – Cusco, Avenida Arenas N° 306, Abancay – Apurímac, Jirón Juan Antonio Trelles N° 445, Andahuaylas – Apurímac, Jirón 2 de Mayo N° 330, Sicuani, Canchis – CUSCO, Jirón Espinar N° 221, Santa Ana, La Convención – Cusco, o Avenida 26 de Diciembre N° 157, Tambopata – Madre de Dios.

Regístrese, notifíquese de acuerdo a Ley para sus efectos y archívese.

MAVS/Z. Palomino.