SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

NOTIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTES

Resolución de Intendencia Nº 0960240000048/SUNAT

(FECHA DE PUBLICACIÓN: 22/05/2009)

Relación de contribuyentes que conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar las Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda, en las oficinas de la SUNAT ubicadas en la calle Santa Teresa N° 370 - Cusco.

Los contribuyentes pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

Resolución de Intendencia Nº 0960240000048/SUNAT de fecha 19 de mayo de 2009.

RUC

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

ACTO ADMINISTRATIVO

NOTAS

10048105110

MORGAN MANIO ELSA

Resolución de Intendencia Nº 0960140003709

1

10239476231

VILLACORTA SANCHEZ MARTINA

Resolución de Intendencia Nº 0960140003732

2

20114838013

AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO KANTU SRLTDA.

Requerimiento Nº 0960550002612

3

 

 

 

 

NOTAS:

1.- Mediante la Resolución de Intendencia Nº 0960140003709, Primero: Declara INADMISIBLE el recurso de reclamación interpuesto por MORGAN MANIO ELSA, mediante Expediente Nº 0960340005878 contra la Orden de Pago Nº 0930010140730. Segundo: deja a salvo el derecho de la contribuyente para formular nueva reclamación, contra la Orden de Pago Nº 0930010140730, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículos 23°, 119°, 136° y 137° del Código Tributario, o interponer recurso de apelación dentro del plazo de (15) días hábiles de efectuada la notificación de la presente resolución, en la oficina de la Administración Tributaria ubicada en la Calle Santa Teresa Nº 370, Cusco o en la Oficina Remota de Madre de Dios, situada en la Avenida 26 de Diciembre Nº 157, Tambopata, Madre de Dios.

2.- Mediante la Resolución de Intendencia Nº 0960140003732, se resuelve: Primero: Declarar INFUNDADO el recurso de reclamación interpuesto por el contribuyente VILLACORTA SANCHEZ MARTINA, mediante Expediente de Reclamación Nº 0960340006046, contra la Resolución de Intendencia Nº 0940120006110. Segundo: Modifica la Resolución de Intendencia Nº 0940120006110, al amparo del numeral 140.3 del artículo 140° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, de acuerdo a lo siguiente:

N° de Resolución

Dice:

Debe decir:

 

 

 

 

0940120006110

PRIMERO: Cerrar temporalmente el establecimiento de VILLACORTA SANCHEZ MARTINA, ubicado en CALLE TECTE NRO. 350, distrito de CUSCO, provincia de CUSCO y departamento DE CUSCO por un periodo de 3 (TRES) días calendario comprendidos entre el 20 de Febrero de 2009 al 22 de Febrero de 2009.

PRIMERO: Cerrar temporalmente el establecimiento de VILLACORTA SANCHEZ MARTINA, ubicado en CALLE TECTE NRO. 350, distrito de CUSCO, provincia de CUSCO y departamento DE CUSCO por un periodo de 3 (TRES) días calendario comprendidos entre el 26 de Junio de 2009 al 28 de Junio de 2009.

Tercero: Ejecutar la sanción de cierre temporal de establecimiento, conforme a lo dispuesto.

3.- En la ciudad del Cusco a los 19 días del mes de mayo de 2009, se cierra el Requerimiento Nº 0960550002612, dejando constancia de su incumplimiento total.

NOTA: Para todas las reclamaciones que hayan sido declaradas INFUNDADAS O FUNDADAS EN PARTE las mismas no agotan la vía administrativa y surtirán efectos al día siguiente al de su notificación. Contra las mismas podrán interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de su notificación, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 146º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, en las oficinas de la Administración Tributaria ubicada en Calle Santa Teresa N°1370 – Cusco, Avenida Arenas Nº 306, Abancay – Apurímac, Jirón Juan Antonio Trelles Nº 445, Andahuaylas – Apurímac, Jirón 2 de Mayo Nº 330, Sicuani, Canchis – CUSCO, Jirón Espinar Nº 221, Santa Ana, La Convención – Cusco, o Avenida 26 de Diciembre Nº 157, Tambopata – Madre de Dios.

Regístrese, notifíquese de acuerdo a Ley para sus efectos y archívese.

MVS/dob