SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

 NOTIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTES

Resolución de Intendencia Nº 0960240000070/SUNAT

(FECHA DE PUBLICACIÓN: 27/08/2010)

 

Relación de contribuyentes que conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar las Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda, en las oficinas de la SUNAT ubicadas en la calle Santa Teresa N° 370 - Cusco.

Los contribuyentes pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones de Intendencia, Requerimientos y/o Resultados de los mismos, según corresponda, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

 

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

 

Resolución de Intendencia Nº 0960240000070/SUNAT de fecha 23 de Agosto de 2010.

 

RUC

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

ACTO ADMINISTRATIVO

NOTAS

 

20450698696

TURISMO ECHARATY SCRL 

Resolución de Intendencia

Nº 0960140004718

    1

 

20450698696

TURISMO ECHARATY SCRL    

Resolución de Intendencia

Nº 0960140004719

    2

 

10048118254

RIVAS RODAS ELVIRA 

Resolución de Intendencia

Nº 0960140004702

    1

 

NOTAS:

1.- Mediante la Resolución de Intendencia Nº 0960140004718, se resuelve:

 

Artículo Único.- Declárese INFUNDADO el recurso de reclamación interpuesto por TURISMO ECHARATY SCRL, mediante Expediente de Reclamación  N° 0960340006693, y prosígase con la cobranza actualizada de la Resolución de Multa N° 0940020020746, conforme lo dispuesto por el articulo 33°  del Texto Único Ordenado del Código Tributario.

 

2.- Mediante la Resolución de Intendencia Nº 0960140004719, se resuelve:

 

Artículo 1°.- Declárese FUNDADO EN PARTE el recurso de reclamación presentado por la contribuyente TURISMO ECHARATY SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA TURISMO ECHARATY S.R.L., mediante Expediente N° 0960340006692; en consecuencia, prosígase con la cobranza actualizada de la Resolución de Multa N° 0940020020744, conforme lo dispuesto por el articulo 33° del Texto Único Ordenado del Código Tributario.

 

Articulo 2° .- Declárese NULA la Resolución de Multa N° 0940020020745 en aplicación del numeral 2) del articulo 109° del Código Tributario.

 

3.- Mediante la Resolución de Intendencia Nº 0960140004702, se resuelve:

 

Artículo Único.- Declárese INFUNDADO el recurso de reclamación interpuesto por RIVAS RODAS ELVIRA, mediante Expediente de Reclamación  N° 0960340006851, en consecuencia prosígase con la cobranza actualizada de la Resolución de Multa N° 0940020021511, de acuerdo a  lo establecido por el articulo 33°  del Texto Único Ordenado del Código Tributario.

 

 

 

NOTA: Para todas las reclamaciones que hayan sido declaradas INFUNDADAS O FUNDADAS EN PARTE las mismas no agotan la vía administrativa y surtirán efectos al día siguiente al de su notificación. Contra las mismas podrán interponerse recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente día hábil al de su notificación, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 146º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, en las oficinas de la Administración Tributaria ubicada en Calle Santa Teresa Nº1370 – Cusco, Avenida Micaela Bastidas N° 327 (Referencia: Frente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones), Wanchaq – Cusco, Avenida Nuñez Nº 507, Abancay, Apurímac, Jirón Juan Antonio Trelles Nº 445, Andahuaylas – Apurímac, Jirón 2 de Mayo Nº 330, Sicuani, Canchis – Cusco, Jirón Espinar Nº 221, Santa Ana, La Convención – Cusco, o Avenida 26 de Diciembre Nº 157, Tambopata – Madre de Dios.

Regístrese, notifíquese de acuerdo a Ley para sus efectos y archívese.

MVS/rlm