SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL ICA
NOTIFICACION
A DEUDORES TRIBUTARIOS Y/O TERCEROS
RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA N° 100-024-0000033 del 26 de octubre del 2005.
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 03.11.05)
Relación de deudores tributarios
a quienes, conforme lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104 del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y
modificado por el D.L. 953, se les notifica por la presente publicación,
debiendo apersonarse a recabar sus Resoluciones Coactivas, en la mesa de partes
ubicada en
El contribuyente puede autorizar
a una tercera persona a recabar sus Resoluciones Coactivas, para lo cual deberá
presentar, en el caso de ser persona
natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia
simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo
de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en
el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.