SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

 ANEXO A LA R.I. Nº 100-024-0000037

(Publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11.11.05)

 

Relación de deudores tributarios  a quienes, conforme lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificado por el D.L. 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar sus Resoluciones Coactivas, en la mesa de partes ubicada en la Av. Matías Manzanilla Nº 106 – Ica.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones Coactivas, para lo cual deberá presentar,  en el caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes. 

 

Relación de Deudores Tributarios