SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL ICA
ANEXO A LA R.I. Nº 100-024-0000037
(Publicado
en el Diario Oficial El Peruano el 11.11.05)
Relación
de deudores tributarios a quienes,
conforme lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 104 del Texto Único
Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y
modificado por el D.L. 953, se les notifica por la presente publicación,
debiendo apersonarse a recabar sus Resoluciones Coactivas, en la mesa de partes
ubicada en la Av. Matías Manzanilla Nº 106 – Ica.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones
Coactivas, para lo cual deberá presentar, en
el caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular
del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona
jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante
legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo,
dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del
formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
Relación
de Deudores Tributarios