SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL ICA
Resolución de Intendencia Nº 100-024-0000150
(Fecha de Publicación: 10/04/2007)
Relación de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por los
incisos a), d) ó e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificado por el D.
Leg. 953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a
recabar sus Resoluciones Coactivas, en la mesa de partes ubicada en la Av.
Matías Manzanilla Nº 106 – Ica.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus
Resoluciones Coactivas, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona
natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple
del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de
contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el
RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a
través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.