SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL ICA
Resolución
de Intendencia Nº 100-024-0000132
(Fecha
de Publicación 01/02/2007)
Relación
de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto en el inciso e) del Artículo
104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto
Supremo N° 135-99-EF y modificado por el D. L. 953, se les notifica por la
presente publicación, debiendo
apersonarse a recabar sus Esquelas, Ordenes de Pago, Comunicaciones y/o
Resoluciones, en la mesa de partes ubicada en la Av. Matías Manzanilla Nº 106
– Ica.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Esquelas,
Ordenes de Pago, Comunicaciones, Resoluciones de Multa, Resoluciones de
Intendencia y/o Resoluciones de Ejecución Coactiva, para lo cual deberá
presentar, en el caso de ser
persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y
fotocopia simple del documento de identidad . En caso de ser persona jurídica u
otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal
acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo,
dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del
formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.