SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL ICA
Resolución de Intendencia N° 101-024-0000140
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el día 14.08.08)
Relación de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por los
incisos a), d) ó e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas
modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo
apersonarse a recabar sus Resoluciones Coactivas, en la mesa de partes ubicada
en la Av. Matías Manzanilla Nº 106 – Ica.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones Coactivas, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
CONTRIBUYENTE |
NATURALEZA |
EXPEDIENTE |
RESOLUCION COACTIVA |
ACTO NOTIFICADO |
20452613019 |
C.V. TELECOMUNICACIONES S.A.C. |
RESOLUCION COACTIVA |
1010060011875 |
1010070014119 |
Acumulación de Expedientes |
20452613019 |
C.V. TELECOMUNICACIONES S.A.C. |
RESOLUCION COACTIVA |
1010060011875 |
1010070014132 |
Retención a Terceros |