SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

Resolución de Intendencia Nº 103-024-0003800

Fecha de Publicación: 16/12/2009


Relación de deudores tributarios que tienen la condición de NO HALLADOS a quienes, conforme con lo dispuesto en el texto del numeral 2 del inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias, se les notifica por la presente publicación, y por lo tanto deben apersonarse a recabar los documentos detallados, en nuestra oficina sito en la Av. Matías Manzanilla Nº 106 – Ica.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos, para lo cual deberá adjuntar, en el caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC con sello de la empresa y fotocopia de la ficha RUC de la misma.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 y de tener Clave Sol, dicha modificación puede realizarla por Sunat Operaciones en Línea - opción Modificación de Datos del RUC, entrando a www.sunat.gob.pe, cumpliendo los requisitos correspondientes.

ORDEN

RUC

CONTRIBUYENTE

NATURALEZA

TIP_VALOR

VALOR

TIP_TRIB

PERIODO

MONTO_

1

20279423349

ESTIGOL S.R.L.

Orden de Pago

001001

1030010140492

053100

199911

49.00

2

20279265689

INST.SUP.TECN.PRIV.SAN ISIDRO EIRL

Orden de Pago

001001

1030010059304

030301

200504

3,411.00