SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

Resolución de Intendencia Nº 101-024-0000391

Fecha de Publicación: 30/12/2009


Relación de deudores tributarios que tienen la condición de NO HABIDOS, que se encuentran incurso en la causal prevista
en el numeral 3 del artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 940, a quienes, conforme con lo dispuesto en el texto del numeral 2 del inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias, se les notifica por la presente publicación, y por lo tanto deben apersonarse a recabar los documentos detallados, en nuestra oficina sito en la Av. Matías Manzanilla Nº 106 – Ica.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos, para lo cual deberá adjuntar, en el caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC con sello de la empresa y fotocopia de la ficha RUC de la misma.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 y de tener Clave Sol, dicha modificación puede realizarla por Sunat Operaciones en Línea - opción Modificación de Datos del RUC, entrando a www.sunat.gob.pe, cumpliendo los requisitos correspondientes.

ORDEN

RUC

CONTRIBUYENTE

NATURALEZA

TIP
VALOR

VALOR

TIP
TRIB

PERIODO

MONTO_

1

20452335299

AVICOLA LUIGRIT S.R.L.

Orden de Pago

001001

1010010029016

03031

200505

250.00