SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL ICA
Resolución de Intendencia Nº 104-024-0000096
(Publicado en el diario oficial "El Peruano" el dìa 08.06.09)
Relación de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por la Ley 27256 y normas modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar sus Requerimientos según corresponda, en la mesa de partes de SUNAT ubicada en la Av. Matías Manzanilla N° 106-Ica, cuyo plazo de apersonamiento vence el tercer (3er) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Requerimientos, según corresponda, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
CONTRIBUYENTE |
NATURALEZA |
Nº DOCUMENTO |
DEPENDENCIA |
20181717590 |
EFETE E. I. C.R. LTDA. |
RESOLUCION DE INTENDENCIA |
104-019-0000186 |
104 |