SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL ICA
Resolución de Intendencia Nº 104-024-0000334
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 07.12.10)
Relación de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por la Ley 27256 y normas modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar su(s) Resolución(es) de Intendencia, Resolución(es) de Multa y Resolución(es) de Determinación que se detalla(n) en la mesa de partes de SUNAT ubicada en la Av. Matías Manzanilla N° 106-Ica, cuyo plazo de apersonamiento vence el tercer (3er) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su(s) Resolución(es)
de Intendencia, Resolución(es) de Multa y Resolución(es) de Determinación,
para lo cual deberá presentar en caso de ser persona natural, carta de
autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de
identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta
de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple
de su documento de identidad.
Asimismo,
dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del
formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.