SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

Resolución de Intendencia  Nº 102-024-0000043

(Publicado en el diario oficial “El Peruano” el día 07.12.10)

 

Relación de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por la Ley 27256 y normas modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar su Resolución de Intendencia que se detallan en la mesa de partes de SUNAT ubicada en la Av. Matías Manzanilla N° 106-Ica, cuyo plazo de apersonamiento vence el tercer (3er) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Resolución de Intendencia, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

 

RUC

CONTRIBUYENTE

NATURALEZA

Nº DOCUMENTO

TRIBUTO

PERIODO

20410016070

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION ICA

RESOLUCION DE INTENDENCIA

1021800000333

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