SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL ICA
Resolución de Intendencia Nº 102-024-0000043
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 07.12.10)
Relación
de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del
Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el
Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por la Ley 27256 y normas
modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo
apersonarse a recabar su Resolución de
Intendencia que se detallan en la mesa de partes de SUNAT ubicada en la
Av. Matías Manzanilla N° 106-Ica, cuyo plazo de apersonamiento vence el tercer
(3er) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Resolución
de Intendencia, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona
natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia
simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo
de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en
el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo,
dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del
formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
CONTRIBUYENTE |
NATURALEZA |
Nº
DOCUMENTO |
TRIBUTO |
PERIODO |
20410016070 |
DIRECCION
REGIONAL DE EDUCACION ICA |
RESOLUCION
DE INTENDENCIA |
1021800000333 |
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