SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

Resolución de Intendencia  Nº 104-024-0000192

(PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO EL 06.01.10)

Relación de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por la Ley 27256 y normas modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar su(s) Resoluciones de Multa y Resoluciones de Intendencia según corresponda, en la mesa de partes de SUNAT ubicada en la Av. Matías Manzanilla N° 106-Ica, cuyo plazo de apersonamiento vence el tercer (3er) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su(s) Resoluciones de Multa y Resoluciones de Intendencia según corresponda, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

Relación de deudores tributarios