SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL ICA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 1030240004096
(Fecha de Publicación: 15/02/2010)
Relación de
contribuyentes no hallados a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del
Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el
Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se les notifica por la
presente publicación, debiendo apersonarse a recabar sus Resoluciones
Coactivas, en la mesa de partes ubicada en la Av. Matías Manzanilla Nº 106 –
Ica.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones
Coactivas, para lo cual deberá presentar,
en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el
titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser
persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del
representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de
identidad.
Asimismo,
dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del
formulario 2127 y
de tener Clave Sol, dicha modificación puede realizarla por Sunat Operaciones
en Línea - Opción Modificación de Datos del RUC, entrando a www.sunat.gob.pe,
cumpliendo los requisitos correspondientes.