SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL ICA
Resolución
de Intendencia Nº 104-024-0000220
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano
el día 29.03.10)
Relación de
deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del Artículo
104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto
Supremo N° 135-99-EF, modificado por la Ley 27256 y normas modificatorias, se
les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar su(s)
Resolución(es) de Multa según
corresponda, en la mesa de partes de SUNAT ubicada en la Av. Matías Manzanilla
N° 106-Ica, cuyo plazo de apersonamiento vence el tercer (3er) día hábil
siguiente de efectuada la presente publicación.
El contribuyente
puede autorizar a una tercera persona a recabar su(s) Resolución(es) de Multa
según corresponda, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona
natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia
simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo
de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en
el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo, dichos
contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del
formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
CONTRIBUYENTE |
NATURALEZA |
Nº
DOCUMENTO |
TRIBUTO |
PERIODOS |
10215273305 |
VALDEZ
GUZMAN RONALD ITALO |
RESOLUCION
DE MULTA |
1040020015578 |
6084 |
200702 |