SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

Resolución de Intendencia  Nº 102-024-0000049

 (Publicado en el diario oficial “El Peruano” para el día 08.02.2011)

 

Relación de deudores tributarios a quienes, conforme lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, modificado por la Ley 27256 y normas modificatorias, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar su Resolución de Multa que se detallan en la mesa de partes de SUNAT ubicada en la Av. Matías Manzanilla N° 106-Ica, cuyo plazo de apersonamiento vence el tercer (3er) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Resolución de Multa, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal, a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

 

RUC

CONTRIBUYENTE

NATURALEZA

Nº DOCUMENTO

TRIBUTO

PERIODO

20452597901

SAITAMA UNYU E.I.R.L.

RESOLUCION DE MULTA

0320020000266

6022

201012

10222796496

LOAYZA ARUCANQUI DE OSTOS BONA

RESOLUCION DE MULTA

1020020006935

6084

201005