SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL ICA

NOTIFICACIÓN

(Publicado en el Boletín del Diario Oficial El Peruano el 16.01.2013)

Relación de Resoluciones de Abandono y Actas Probatorias de bienes comisados que la SUNAT ha declarado en abandono, y que procederá a rematar, destinar a entidades públicas o donarlos, al no haberse acreditado el derecho propiedad o posesión, dentro del plazo establecido en el artículo 184° del Código Tributario.

De conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, contra la Resolución que declara el abandono de bienes, procede interponer Recurso de reconsideración o apelación en el plazo máximo de quince (15) días hábiles computados desde el día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución.

ACTA PROBATORIA N°

NOMBRE DEL SUJETO INTERVENIDO O INFRACTOR

RESOL. DE ABANDONO

FECHA DE RESOLUCIÓN

1000600007961-03

ADAUTO AROTOMA SAUL MAXIMO

1040120009704

4/01/13