SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL ICA
NOTIFICACIÓN
(Publicado en el
Boletín del Diario Oficial El Peruano el 16.01.2013)
Relación de Resoluciones de Abandono y
Actas Probatorias de bienes comisados que la SUNAT ha declarado en abandono, y
que procederá a rematar, destinar a entidades públicas o donarlos, al no
haberse acreditado el derecho propiedad o posesión, dentro del plazo
establecido en el artículo 184° del Código Tributario.
De conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, contra la Resolución que declara el abandono de bienes, procede interponer Recurso de reconsideración o apelación en el plazo máximo de quince (15) días hábiles computados desde el día siguiente de la fecha de notificación de la presente Resolución.
ACTA PROBATORIA N° |
NOMBRE DEL SUJETO INTERVENIDO O
INFRACTOR |
RESOL. DE ABANDONO |
FECHA DE RESOLUCIÓN |
1000600007961-03 |
ADAUTO AROTOMA SAUL MAXIMO |
1040120009704 |
4/01/13 |