SUPERINTEDENCIA NACINAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL JUNÍN
R.I N° 133-00-0000021 del 09.09.2002
COMUNICACIÓN DE OMISOS
La siguiente es la relación de comunicaciones de omisos a la presentación y/o pago que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en los incisos a), b), c) o d) del artículo N° 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, razón por la que, en aplicación de lo dispuesto en el inciso e) del mismo artículo, se les notifica por la presente publicación y por lo tanto, deben apersonarse a recabar los documentos detallados en nuestra Oficina de la Intendencia Regional Junín, ubicada en el Jr. Loreto N° 300 – Huancayo.
La infracción de omiso a la presentación es sancionada con multa o cierre temporal de establecimiento de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo N° 176 del TUO del Código Tributario. Sin embargo, si presenta la(s) Declaración(es) Jurada(s), Pago en el plazo de tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente, la multa será reducida en un 50% en caso contrario, se aplicará la sanción de cierre.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus documentos, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal con sello de la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario N° 2127 cumpliendo los requisitos exigidos en el procedimiento N° 2 del TUPA de la SUNAT aprobado por D.S. N° 061-2000-EF.
RELACION DE DEUDORES TRIBUTARIOS