RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA Nº 134-024-0000108/SUNAT
del 19.01.05
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 04.02.05)
Según
información que obra en los archivos de la Administración Tributaria, el
contribuyente no se encuentra en el domicilio fiscal declarado en vista que el
mismo no existe, hecho que fue constatado por la División de Auditoria, razón
por la que en aplicación de lo dispuesto en el último párrafo del inciso e)
del Art. 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por
Decreto Supremo Nº 135-99-EF modificado con Decreto Legislativo Nº 953, se le
notifica por la presente publicación y por lo tanto debe apersonarse a recabar
un (01) Requerimiento y una (01) Carta de Presentación, en la División de
Auditoria, ubicada en el Jr. Loreto N- 300 - Huancayo – Tercer piso, cuyo
plazo de apersonamiento vence el quinto (5to) día hábil siguiente de efectuada
la notificación.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar la Resolución de
Intendencia, un (01) Requerimiento y una (01) Carta de Presentación, para lo
cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización
firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo.
En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de
autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC
de la misma.
RUC |
NOMBRE |
NRO. DOCUMENTO |
NATURALEZA |
REGIMEN |
COD. TRIB. |
PERIODO |
20485830830 |
CORPORACIÓN DE SERVICIOS GENERALES D & F SCRL |
3610-00143805 |
REQUERIMIENTO |
REGIMEN GENERAL |
1011-3031 |
2003-01 A 2003-12 |
20485830830 |
CORPORACIÓN DE SERVICIOS GENERALES D & F SCRL |
040133052130-01 |
CARTA DE PRESENTACION |
. |
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2003-01 A 2003-12 |