SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA Nº 132-024-0000022/SUNAT
del 11.07.05
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 19.07.05)
Según
información que obra en los archivos de la Administración Tributaria, la
contribuyente ya no se encuentra en el domicilio fiscal declarado, hecho que fue
constatado por la División de Auditoria, encontrándose a otro contribuyente en
el domicilio fiscal declarado, razón por la que en aplicación de lo dispuesto
en el último párrafo del inciso e) del Art. 104° del Texto Único Ordenado
del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF modificado con
Decreto Legislativo Nº 953, se le notifica por la presente publicación y por
lo tanto debe apersonarse a recabar su Carta y Requerimiento, en la División de
Auditoria, ubicada en el Jr. Loreto N- 300 - Huancayo – Tercer piso, cuyo
plazo de apersonamiento vence el quinto (5to) día hábil siguiente de efectuada
la notificación.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar la
Resolución de Intendencia, Carta y Requerimiento, para lo cual deberá
adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el
contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser
persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del
representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
NOMBRE |
NRO. DOCUMENTO |
NATURALEZA |
REGIMEN |
COD. TRIB. |
PERIODO |
20485860071 |
EXPORTACIONESY NEGOCIAC. CHANCHAMAYO S.A. |
3611-00103280 |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO |
REGIMEN GENERAL |
1011-3311 |
2002-01 A 2002-12 |
20485860071 |
EXPORTACIONESY NEGOCIAC. CHANCHAMAYO S.A. |
3611-00103281 |
RESULTADO DE REQUERIMIENTO |
REGIMEN GENERAL |
1011-3311 |
2002-01 A 2002-12 |