SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL JUNIN
R.I.
Nº 134-012-0000150 de fecha 11.11.2005
(Fecha
de Publicación : 25.11.2005)
Relación de deudores a quienes, conforme a lo dispuesto en los
incisos e) del artículo 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario
aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificado por el D.Leg. N°
953; se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a
recabar sus RESOLUCIONES DE ABANDONO en las Oficinas de
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su
RESOLUCION DE ABANDONO, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona
natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del
documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo
de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la
empresa y fotocopia del RUC de la misma.
A la entrega de los citados documentos, los contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes según Decreto Supremo Nº 102-2002-EF.
RUC | RAZON | COD_VAL | NATURALEZA | TIPOTRIB | CODTRIB | PERIODO | MONT_NOT |
10099209017 | ESPINOZA ROMERO VERONIKA | 1340120000150 | RES. DE ABANDONO | 200504 |