SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA Nº 134-024-0000642/SUNAT
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 22.04.10)
Relación de deudores tributarios a quienes, conforme a lo
dispuesto en el numeral 2 del inciso e) del Art. 104 del texto Único Ordenado
del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y
modificado por el D. Leg. N° 953, se les notifica por la presente publicación,
debiendo apersonarse a recabar uno (01) Resultado de Requerimiento y uno (1)
Requerimiento en la mesa de partes de la División de Auditoria ubicada en el
Jr. Loreto N° 300 - Huancayo – Tercer piso.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar uno (01) Resultado
de Requerimiento y uno (1) Requerimiento, para lo cual deberá adjuntar, en caso
de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y
fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u
otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal
acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo,
dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del
formulario 2127
cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
CONTRIBUYENTE |
Nº DOCUMENTO |
NATURALEZA |
COD. |
PERIODO |
TRIB. |
|||||
20486647419 |
EMPRESA
DE SERVICIOS MULTIPLES AGROINDUSTRIAL ALLPAMANKA |
1322100000080 |
Resultado
de Requerimiento |
1011-3081 |
01-2008
a 11-2009 |
20486647419 |
EMPRESA
DE SERVICIOS MULTIPLES AGROINDUSTRIAL ALLPAMANKA |
1322100000109 |
Requerimiento
|
1011-3081 |
01-2008
a 11-2009 |