SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA Nº 134-024-0000712/SUNAT
(Publicado
en el diario oficial “El Peruano” el día 22.06.10)
Relación
de deudores tributarios a quienes, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del
inciso e) del Art. 104 del texto Único Ordenado del Código Tributario,
aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificado por el D. Leg. N°
953, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a
recabar uno (1) Requerimiento en la mesa de partes de la División de Auditoria
ubicada en el Jr. Loreto N° 300 - Huancayo – Tercer piso.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar uno (1)
Requerimiento, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural,
carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del
documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de
contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el
RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo,
dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del
formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
RUC |
CONTRIBUYENTE
|
Nº
DOCUMENTO |
NATURALEZA |
COD. |
PERIODO |
TRIB. |
|||||
10198870779 |
MASCARO
PEREZ ANIBAL ARMANDO |
016-2010-SUNAT/2R0200 |
COMPARECENCIA
|
1011-3081 |
01-2006
a 12-2006 |