SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Resolución de Intendencia N° 070-024-0000079 del 04-06-2004
NOTIFICACIÓN A DEUDORES TRIBUTARIOS
(Publicado en el diario "La República" de Chiclayo el día 18.06.04)
Relación de deudores tributarios que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en el inciso a) o e) numeral 1, del articulo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Art. 45º del D. Leg Nº 953, razón por que, en aplicación de lo dispuesto en el último párrafo del inciso e), del mismo articulo, se le notifica mediante publicación en la página web de la SUNAT, y adicionalmente en el diario sólo los contribuyentes que se encuentran en los supuestos establecidos en el segundo párrafo del inc. "e" del art. 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, por lo tanto deben apersonarse a recabar las Resoluciones de Ejecución Coactiva, Ordenes de Pago, Resoluciones de Multa, Comunicaciones de Infracciones detectadas, Resoluciones de Intendencia, Esquelas, y Resoluciones Coactivas, en la Intendencia Regional Lambayeque, sito en Av. Leonardo Ortiz N° 195 – Chiclayo.
El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar éstos documentos, para lo cual deberá adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.
Asimismo, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.