SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL LIMA

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 024-024-0001489/SUNAT

NOTIFICACIÓN A DEUDORES TRIBUTARIOS

(FECHA DE PUBLICACIÓN 16/02/2006)

Deudores tributario a quienes, conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificado por Decreto Legislativo Nº 953, se les notifica mediante la presente publicación, por tener la condición de No Habido debiendo a personarse a personarse a recabar sus Resoluciones de Multa, en la mesa de partes ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso – Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence el quinto (5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Resoluciones Multa para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

Resolución de Intendencia Nº 024-024-0001489/SUNAT

RUC

APELLIDOS Y NOMBRES

NRO. VALOR

NATURALEZA

CODIGO TRIB./ MULTA

PERIODO

MONTO TRIB./ MULTA

DEP.

10161430418

CANO VEGA ALFREDO CESAR

0240020047084

Resolución de Multa

060705

200512

3,300.00

024

10409818591

CORDOVA FERNANDEZ SOLEDAD TEOFILA

0240020047120

Resolución de Multa

060705

200511

3,300.00

024

10082780586

CHAUCA MORI JUAN GONZALO

0240020047092

Resolución de Multa

060705

200509

3,300.00

024

10082780586

CHAUCA MORI JUAN GONZALO

0240020047093

Resolución de Multa

060804

200508

1,980.00

024

20101178367

EMBOTELLADORA PERUANA S.A.

0240020047001

Resolución de Multa

060705

200512

3,300.00

024