SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 

INTENDENCIA REGIONAL LIMA 

Resolución de Intendencia N° 024-024-0002035

(Fecha de publicación    12/07/2006) 

Contribuyente que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a lo dispuesto en los incisos a) b) y f) del Art. 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D. S. N° 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo N° 953, por tener la condición de no hallado se mudó de domicilio, razón por la que en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2), inciso e) del mismo artículo, se le notifica por publicación en la página web; por lo tanto, debe apersonarse a recabar  su Carta  y Requerimiento en la Mesa de Partes, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence el quinto (5to.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación. 

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Carta  y Requerimiento para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma. 

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.  

RUC

APELLIDOS Y NOMBRES

DOC Nro.

NATURALEZA

PERIODO

DEPENDENCIA

1

10224046931

RODAS CHIRINOS HELMO AMADOR

060023167954-01-SUNAT

Carta ( 01 ) Folio

Dic-99

024

2

10224046931

RODAS CHIRINOS HELMO AMADOR

0222060003203

Requerimiento (1 folio) y Anexo N° 01 (1 folio)

Dic-99

024