SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
Contribuyente
que no ha podido ser notificado en su domicilio fiscal conforme a lo dispuesto
en los incisos a) b) y f) del Art. 104 del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por D. S. N° 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo
N° 953, por tener la condición de no
hallado se mudó de domicilio, razón por la que
en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2), inciso e) del mismo artículo,
se le notifica por publicación en la página web; por
lo tanto, debe apersonarse a recabar
su Carta y Requerimiento en
la Mesa de Partes, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso -
Miraflores, cuyo plazo de apersonamiento vence el quinto (5to.) día hábil
siguiente de efectuada la presente publicación.
El
contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar su Carta
y Requerimiento para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización
firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo.
En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de
autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC
de la misma.
Asimismo,
dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del
formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
N° |
RUC |
APELLIDOS Y NOMBRES |
DOC Nro. |
NATURALEZA |
PERIODO |
DEPENDENCIA |
1 |
10224046931 |
RODAS CHIRINOS HELMO AMADOR |
060023167954-01-SUNAT |
Carta ( 01 ) Folio |
Dic-99 |
024 |
2 |
10224046931 |
RODAS CHIRINOS HELMO AMADOR |
0222060003203 |
Requerimiento (1 folio) y Anexo N° 01 (1 folio) |
Dic-99 |
024 |